Las cuentas bancarias de la Fundación Omar Torrijos no podrán ser analizadas, como lo ordenó el magistrado Abel Zamorano, quien hace de fiscal en el proceso que investiga los supuestos sobornos para la aprobación del CEMIS.
Esta decisión se da luego de que el pleno de la Corte Suprema de Justicia, de forma unánime, concedió el amparo de garantías que presentó el representante legal de esta fundación, en contra de la orden que emitió Zamorano para revisar sus cuentas bancarias .
Según el fallo del 28 de diciembre de 2011, bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides, se determinó que para decretar un examen a las cuentas bancarias de la Fundación Omar Torrijos se requiere de un elemento probatorio para levantar la inviolabilidad de los documentos privados, lo cual no se fundamentó con claridad en este caso.
El fallo indica que el funcionario de instrucción (Zamorano) no señaló en la orden que emitió la existencia de algúna acusación contra la Fundación Omar Torrijos.
La resolución agregó que la sentencia que se dicte al final de la investigación debe corresponder al principio de estricta legalidad, basado en el artículo 32 de la Constitución Política.
En abril de 2011, el abogado Aristides Royo presentó este amparo de garantías constitucionales contra la orden que emitió el fiscal Zamorano dentro de este proceso, en donde se investiga al expresidente de la República Martín Torrijos y al diputado Carlos Afú, por la supuesta comisión del delito contra la administración pública.
Según Royo, la orden del fiscal se debió a que el representante legal de la Fundación Omar Torrijos es el exmandatario, Martín Torrijos. Al ser admitido el amparo, se solicitó a Zamorano un informe de su actuación, el cual se basó en que el exmandatario fungió como presidente de la fundación entre los años 2000 y 2003.
El escándalo del Cemis se registró en enero de 2002.