A partir del próximo 1 de enero en todas las propagandas políticas, tanto de televisión, prensa escrita y radio deberán incorporar el nombre del candidato o partido político avalando cada cuña.
Esta reglamentación forma parte de lo que estable el nuevo Decreto 27 del 12 de diciembre de 2008 por el cual se subroga en su totalidad el Decreto 12 de 28 abril de 2008, por el cual se reglamentó la contratación de la propaganda electoral.
Con el nuevo Decreto 27 toda persona (natural o jurídica) que solicite la divulgación de una propaganda política deberá entregar al medio de comunicación, una declaración jurada que contenga en nombre del candidato o partido que pretende beneficiar con la propaganda.
En el caso de la televisión deberá aparecer antes , durante o después de la cuña un cintillo con el nombre del candidato partido político que diga :" Esta cuña ha sido aprobada por el candidato o partido..."
La prensa escrita por su parte deberá incluir un texto que diga: "Este aviso ha sido aprobado por el candidato o partido ...", mientras que en el caso de las cuñas radiales, estas deberán decir el nombre del partido o partido político que avala la misma.
Este mismo decreto establece que los medios de comunicación son los responsables de obtener la declaración jurada de los candidatos que avalan la propaganda, a excepción de cuando ésta sea contratada a través de una agencia publicitaria que será quien asuma dicha responsabilidad.
Las empresas que incumplan con el Decreto serán sancionadas con multas de B/ 1 mil a B/ 10 mil.