El Ente Regulador de los Servicios Públicos impondrá sanciones a la empresa de distribución de energía eléctrica, en caso de encontrar deficiencias en los sistemas de alumbrados y la empresa no proceda a repararlos en un plazo de dos días hábiles
Esta entidad realizará inspecciones al azar, durante el período nocturno, a los sistemas de alumbrado público de las empresas de distribución de energía eléctrica. En los casos que se detecten apagadas las luminarias, se remitirá a la empresa distribuidora correspondiente el listado y ubicación de las luminarias inspeccionadas y se le concederá un plazo de dos días hábiles para la reparación de las mismas.
También se dispone que, al transcurrir los días hábiles, el Ente Regulador tendrá la potestad de imponer una multa de diez balboas por cada luminaria que no haya sido reparada.
De continuar el daño, la multa se duplicará conforme a los dos días del aviso emitido por el Ente Regulador.
Según la entidad, las multas se acumularán mensualmente hasta finalizar el año y su monto se aplicará como reducciones tarifarias.
De igual modo se fija que el organismo efectuará inspecciones al azar durante el período diurno a los sistemas de alumbrado público de las empresas de distribución eléctrica.
Estas disposiciones están consagradas en la resolución N°JD-1651 del 28 de octubre de 1999.
El Ente Regulador es un organismo autónomo del Estado, con personería jurídica y patrimonio propio, el cual tiene en su cargo el control y fiscalización de los servicios públicos.