Nación

Deficiencias en bancos de sangre


Algunos equipos obsoletos, irregularidades de tipo físico y en el sistema eléctrico, afectan el funcionamiento de los dos principales bancos de sangre del país: el del Complejo Hospitalario Metropolitano de la Caja de Seguro Social (CSS) "Arnulfo Arias", y el del Hospital Santo Tomás.
En el Complejo, mientras los equipos para extraer sangre son modernos, los de centrifugar sangre, obtener plaquetas y plasma, son obsoletos, así lo confirmó la Dra. Betzaida de Martínez, funcionaria de ese centro.
Por su parte, el jefe médico del banco de sangre del Hospital Santo Tomás, Dr. Eriberto Espino, dijo que no pueden usar parte del equipo porque las máquinas trabajan con voltaje 220 y el sistema es de 110.
Además, ocupan 300 metros cuadrados y necesitan 600.
  • De acuerdo con la Ley 17 de 31 de julio de 1986, toda persona mayor de 18 años hasta 65 puede ser donante. A los 17 años, si tiene autorización de sus padres.

  • El 70% de la población panameña es tipo "O", el 19% "A" y el 1% es "AB".

  • El 95% de los panameños son RH+, mientras un 5% es RH-.


Aunque la venta de sangre es penada por la ley, muchos resuelven su problema económico con esta práctica.
La estrategia para establecer controles se enfila hacia los Hemocentros, que tendrán un sistema informático que permitirá conocer cuántas veces y dónde se dio la donación.
El jefe médico del banco de sangre del Hospital Santo Tomás, Dr. Eriberto Espino, asegura que si una persona realiza donaciones con frecuencia, eso les indicará que es un donante comercial.
Más del 48% de la sangre es pagada y menos del 2% donada voluntariamente. El resto son las dos pintas que se piden antes de una cirugía.
  • Que donar sangre engorda. Las personas aumentan de peso porque consumen más alimentos pensando que recuperarán más rápido su sangre.

  • Que una vez que se done no se puede dejar de hacerlo.

  • Que si tiene tatuajes hace más de un año de la donación, no puede donar.


Se considera que un permiso de ocupación no debe ser en sí una garantía total de que el proyecto está en orden, sobre todo cuando hay dineros del Estado de por medio.
En lo que al área Civil respecta, cabe perfectamente demandas por parte de los residentes de las viviendas por daños y perjuicios con todas las probabilidades de ganar, enfatizando el daño físico y psíquico que se les ha ocasionado, el cual es irreversible y casi siempre irreparable.
Cabe el de estafa por parte de la promotora hacia los clientes, como también la promotora y /o constructora con las entidades que tienen que ver con los vistos buenos o aprobaciones en las diferentes etapas del proyecto.
A un mes de la tragedia, la opinión de los juristas ha sido intensa en torno al tema.
El ex procurador de la Nación, Rogelio Cruz, sostuvo que ante los hechos ocurridos el pasado 17 de septiembre, era responsabilidad del Ministerio Público abrir una investigación para demostrar si cabía la probabilidad de que existiera un delito por negligencia o imprudencia en algunos casos, en otros homicidio culposo y estafa.
Al respecto, Jorge Fabián Gutiérrez director de Orientación y Protección de los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo destacó que en el caso de Prados del Este hay responsabilidad, ya sea por indemnización Civil y Penal.
Señaló que tal responsabilidad se da hacia la Ventanilla Unica del Ministerio de Vivienda (MIVI), el Municipio de Panamá y la Promotora Nacional de Vivienda (PRONAVI).
Las personas que han desembolsado un abono inicial a la promotora de Prados del Este (PRONAVI), tienen derecho a que se les devuelva su dinero.
La abogada Irma Mollick sostiene que esta cláusula debe estar incluida en el contrato y aunque no fuera así, pueden demandar en la esfera civil, de acuerdo con la cuantía del abono.


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172082
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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