Nación

Desacuerdo con proyecto universitario


Mientras el rector de la Universidad de Panamá (UP) Gustavo García de Paredes, manifestó categóricamente que no pretende reelegirse en el cargo y que la verdadera esencia del proyecto de la ley orgánica universitaria es "posicionar este centro de enseñanza en el futuro y lograr una verdadera autonomía", muchos argumentan que cuando inicie la vigencia de esta nueva ley cualquier ciudadano puede ser candidato, incluyendo el actual.
Para Francisco Ardila director ejecutivo del Instituto de Estudios Políticos e Internacionales, no hay argumentación sólida que justifique aumentar el periodo de las autoridades de tres a cinco años como lo plantea el artículo 30 del anteproyecto.
Ardila explicó que "existen universidades con tres, cuatro o cinco años de periodo para el rector y otras autoridades; y que cualquier sustentación es interés de quien la formule". Agregó que en el caso específico de la UP "la verdadera intención de García de Paredes es prolongarse en el cargo".
Recordó además, que cuando se estableció en tres años el período en la rectoría a través de la Ley de 1991, paradójicamente fue García de Paredes uno de sus "más tesoneros defensores". "En el período 1995-1996 García de Paredes, siendo rector presentó a través de un legislador un anteproyecto de ley en el que buscaba introducir el tema de la reelección y salvar así el impedimento introducido por la Ley 6 de 1991", afirmó Ardila. Sin embargo, el anteproyecto no concluyó trámite en la comisión.
No obstante, dijo Ardila para las próximas elecciones en mayo de 2006, se inventa el anteproyecto de ley que aumenta el periodo de las autoridades (rector, decanos, directores de centro regional) a cinco años".
Según dio a conocer, la razón para que proceda de esta forma es que no puede valerse de aquel fallo de la Corte y presentarse a la reelección, puesto que otro fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia, con fecha 22 de agosto de 2003, declaró inconstitucional la frase del artículo 24 de la Ley 11 de 1981 que le imposibilitó su reelección en 1997: "quien haya ejercido el cargo por más de tres años", por ser violatorios de los artículos 19 y 20 de la Constitución Política."
De acuerdo con Ardila, ante estos impedimentos no le quedó otra opción que preparar un Anteproyecto de Ley Orgánica.
Sugirió que lo único que pudiese justificar el periodo de cinco años es que el actual anteproyecto exprese taxativamente que "entrará en vigencia a partir del periodo que cubrirán los electos en las próximas elecciones a realizarse en el 2009, es decir, se iniciaría para la administración 2009-2014.


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194361
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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