Nación

Descanso del 1 de mayo se traslada al 29 de abril

Por segunda ocasión, el Gobierno decide declarar día puente, por motivo de la celebración del Día del Trabajador.


Redacción (nacion.pa@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Puente

  • Antes
Cuando el día nacional se celebre martes y miércoles, el descanso será el lunes anterior.
  • Después
Cuando el día nacional se celebre jueves y viernes, el descanso será el lunes siguiente.

El lunes 29 de abril será día puente, al Gobierno traspasar el descanso correspondiente al 1 de mayo, cuando se conmemora el Día del Trabajador.

Mediante Decreto Ejecutivo N.° 233, el Gobierno ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales, así como las oficinas privadas a nivel nacional, el 29 de abril.

 

De igual forma, en esa fecha se suspenden los términos en los procedimientos administrativos según lo establecido en el Título V de la Ley 38 de julio de 2000, sobre la administración pública.

Este es el segundo año en que el Gobierno decide trasladar el asueto del 1 de mayo para el lunes anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del Código de Trabajo, reformado por la Ley 70 de diciembre de 2007, que otorga esa potestad al Órgano Ejecutivo.

Se exceptúan de esta medida, las oficinas públicas que por la naturaleza del servicio que prestan deben permanecer en funciones, como el Idaan, las instalaciones de salud del Minsa y la Caja de Seguro Social, servicios postales, bomberos, Fuerza Pública y Migración.

 

Un comunicado de la Secretaría de Comunicación del Estado señala que el fin de semana largo representa la oportunidad para que se favorezca el desarrollo del turismo interno y la convivencia familiar.

Las celebraciones oficiales correspondientes al Día del Trabajador se mantendrán el 1 de mayo.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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