Nación

Desnutrido presupuesto para la merienda escolar


Ya no es sorpresivo ver que la mano dura contra la desnutrición escolar, se afloje para recibir dádivas presupuestarias. En este sentido los gobiernos de Pérez Balladares y Moscoso, guardan la similitud de compartir un tímido presupuesto para doblegar la hambruna escolar.
Decía Quevedo que alguien padecía tanta hambre, que se le escuchaba dos veces lo que hablaba. Una por lo que decía, y la otra por el eco de su estómago vacío. El vacío presupuestario dejado por el gobierno pasado parece resonar como eco bajo la actual administración.
Las proyecciones que se alentaron cinco años atrás, para que en 1999 miles de niños desnutridos hicieran más que mordisquear una galleta nutricional y degustar un vaso de leche, se vieron diezmadas porque el presupuesto que se asignó, sencillamente era insuficiente.
Si se recuerda, en 1995 bajo el gobierno de Ernesto Pérez Balladares se proyectaron para 1999, no menos de 19 millones de balboas para la "nutrición escolar". Con ellos se dotaría de leche, galleta nutricional y crema, a miles de niños lacerados por la desnutrición, pero el presupuesto resultó escuálido.
La situación de este año 2000 (bajo el gobierno de Moscoso), puede verse en el espejo del año anterior. En una reciente entrevista, la doctora Ella Fergunson, directora Nacional de Nutrición, reconoció haber elevado la solicitud de 20 millones para echar a andar el programa.
Esa petición se fue a pique. "Para el año 2000 con lo que contamos realmente es con 9 millones, 711 mil 594 con 80. Si nosotros quisiéramos realmente cumplir a cabalidad con este programa tendríamos que llevarlo a los 20 millones de dólares", desalentó la funcionaria.
Se le preguntó a qué obedecía tal insuficiencia. "No se ha podido por razones presupuestarias. Nosotros tratamos de que la Asamblea Legislativa mirara un poco más de cerca el presupuesto, pero no ha sido posible", lamentó la funcionaria antes de referirse a las repercusiones.
La educadora piensa que el programa se puede afectar en un abanico de vertientes, como la posibilidad de mejorar la cobertura de la población que necesita merienda, y de mejorar también el ambiente existente en las escuelas para su distribución. Se trata de aspectos urgidos de mejoras.
"Para la merienda (que consiste conforme a la ley, en leche, galleta nutricional y crema de maíz), nosotros necesitábamos 11 millones de dólares y nos lo dejaron en 9 millones 700 mil", dijo la docente al referirse a las acciones por tomar en base a la Ley No. 35 del 6 de julio de 1995.
Con esa ley, que consta de 9 artículos, se estableció el Programa de Distribución del Vaso de Leche y la Galleta Nutricional o Cremas Nutritivas Enriquecidas, en todos los centros oficiales de educación pre escolar y primaria del país. Su aplicación no ha sido tan sencilla como se pensó.
Por un lado, los presupuestos desdicen la norma, y por el otro, distintas interpretaciones juegan con su honra. ¿Permite esta ley que el vaso de leche pueda ser parcial o relativamente sustituido por crema nutritiva o galleta nutricional?, o ¿la leche siempre debe ir acompañada de crema o galleta?
El asunto "es un poco discutible", devolvió la directora de Nacional de Nutrición y Salud Escolar cuando se le trajo al tapete la inquietud.
"Si nosotros nos basamos en dar a los niños el vaso de leche nada más, no cumpliríamos ni con la mitad de los estudiantes, ni con el presupuesto, porque la leche nos sale más cara", dijo otra funcionaria de la dirección Nacional de Nutrición y Salud Escolar.
La profesora Fergunson admitió que ha sostenido prolongadas conversaciones con los grupos de ganaderos que pujan por el suministro del vaso de leche, y en tal sentido dijo que ellos "exigen que se ponga en ejercicio la ley que favorece a los ganaderos".
"Pero mi problema no es favorecer a los ganaderos, sino a los niños", contrapuso la educadora al hablar de un tema, al parecer, promisorio de mayores roces. Está por verse si este año el bigote blanco que se dibuja en los niños que toman leche, será o no será considerablemente rasurado.
AÑO DE LA NUTRICION EN PANAMA
En una reciente publicación se reveló que recientemente fue aprobado el Decreto Ejecutivo No. 18 de 2 de febrero de 2000, por medio del cual el ministro de Salud, José Terán y la presidenta Mireya Moscoso, proclamaron el 2000, como el "año de la Nutrición en la República de Panamá".
Este año de la nutrición será conmemorado con acciones de promoción y tratamiento en nutrición de frontera a frontera, y se trata de una decisión ejecutiva con basamento en el artículo 106 de la Constitución Nacional, donde se consignan responsabilidades del Estado.
Corresponde al Estado desarrollar una política nacional de alimentación y nutrición que asegure un óptimo estado nutricional para toda la población, al promover la disponibilidad, el consumo y el aprovechamiento biológico de los alimentos, según la norma.
POSSE MARTINZ
Funcionarios de dos actuales instancias gubernamentales podrían diferir entre ellos, acerca de la interpretación de la Ley No 35 del 6 de julio de 1995, sobre la que se fundamente el programa de distribución del vaso de leche y galleta nutricional o cremas enriquecidas.
Esto se deduce citando declaraciones que diera en junio de 1998 el entonces legislador y hoy ministro del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), Alejandro Posse Martinz. Sus palabras de entonces cobran vigencia hoy si se piensa que al Ministerio de Educación va por otra vía.
En junio de 1998 Posse dijo que se estaba trabajando "en contra del espíritu de la ley, que señala que en las escuelas públicas se debe dar un vaso de leche fluida de 8 onzas, grado A o grado B, con la galleta nutricional o con la crema".
Agregó por entonces que "en la actualidad la ley se está implementando de cualquier manera, porque se otorga un mayor presupuesto para la adquisición de crema a la propia leche".
Esas controversias sobre la interpretación de la ley de nutrición escolar, se han avivado en los últimos años, pues unos consideran que ella obliga al suministro de leche acompañada de crema nutricional o galleta enriquecida, pero que éstas últimas no reemplazan a la leche.
Otra corriente se inclina por interpretar que el vaso de leche puede ser parcialmente reemplazado por otra merienda mencionada en la ley.
El texto en disputa es aquel contenido en el artículo 2 de la ley: "Se establece de manera gratuita y permanente, durante el periodo escolar, el programa de distribución de ocho (8) onzas mínimas de leche grado A o B, con galleta nutricionalmente mejorada, o con cremas nutritivas enriquecidas o un sustituto de igual o de superior valor nutritivo, a todos los estudiantes que asistan a los centros oficiales de educación preescolar y primaria".
VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA LECHE Y LA CREMA
Un informe sobre la evolución de los programas de alimentación escolar en Panamá, revela algunas ventajas y desventajas de la leche fluida y de la crema nutritiva.
La leche fluida no requiere preparación, mientras que la crema nutritiva sí; para la leche no se necesitan utensilios y para la crema sí. La leche contiene mayor aporte en proteínas (8.1g.) y por porción (8 onz.), mientras que la crema contiene un menor aporte en proteínas (6.0 g.), por porción (8 onz.).
La leche tiene menor aporte en calorías vitaminas y minerales, mientras que la crema cuenta con un mayor aporte en calorías, vitaminas y minerales. La leche es un producto perecedero, pero resiste mucho tiempo de almacenaje, mientras que la crema, como producto en seco, o deshidratado, resiste mucho más tiempo de almacenamiento.
En cuanto a la galleta nutricional, se ha mencionado que ella contiene maíz y soya en grano, harina de trigo, azúcar, sal, polvo de hornear, manteca y esencias naturales, los que se combinan para obtener un producto ya cocido con un peso de 28 g. por unidad. Esto proporciona un aporte nutritivo de aproximadamente 150 calorías y 2.2 de proteínas.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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