Nación

Destinan la Sala 31 sólo para reclusos


La Sala 31 del Hospital Santo Tomás será destinada exclusivamente para alojar y atender a los internos que requieran de los servicios médicos que no puedan ofrecerse en los centros penitenciarios, informa una nota de prensa del Ministerio de Salud (MINSA).
De acuerdo con la nota, esta disposición se da luego que el Ministerio de Salud y el de Gobierno y Justicia firmaran un convenio de cooperación técnica, que tiene como finalidad lograr la conservación, restitución y rehabilitación de la salud de las personas detenidas en los distintos centros carcelarios del país.
El convenio señala que en cada establecimiento de Salud Regional se concederá igualmente una sala destinada a alojar y atender a los internos que requieran los servicios médicos, que no puedan ofrecerse en los centros penitenciarios.
Establece además que el Ministerio de Salud incluirá a las personas privadas de libertad, dentro de los programas de atención de los médicos especialistas según lo requieran, así como también, los medicamentos e insumos necesarios que los galenos necesitan para realizar el tratamiento respectivo.
Agrega que el (MINSA) además de brindar la infraestructura necesaria, aportará los medicamentos, equipos médico - hospitalarios, insumos, servicios de electricidad, agua y teléfono que se requieran en cada sala.
La nota de prensa explica que por ello, le corresponderá al bioetadista de morbilidad de la institución de salud correspondiente, asesorar e integrar en su informe final, la evaluación que le remita el médico del penal respectivo.
Asimismo se establece que cada sala estará bajo la jefatura de un médico asignado por la institución de salud respectiva, quien tendrá la responsabilidad de dirigir, administrar, organizar y disponer todas las funciones del cuerpo médico, de enfermería, auxiliar y del resto del personal técnico que labor en la referida sala.
La nota aclara que los funcionarios que se asignen a estas salas especiales deberán regirse por las normas, reglamentos y disposiciones administrativas de la institución respectiva, la dirección del hospital y del Ministerio de Gobierno y Justicia.
Señala que para garantizar el cumplimiento efectivo de este convenio, Gobierno y Justicia asumirá los gastos de alimentación de cada interno hospitalizado, de transporte que conlleve el traslado de los detenidos y proporcionará además los custodios necesarios para mantener la seguridad dentro del recinto hospitalario.
El convenio advierte que todo acto o hecho causado por los internos que afecte la disciplina o la seguridad de la sala, debe ser informado inmediatamente a las autoridades respectivas tanto del hospital como del centro carcelario respectivo.
Indica además que a los detenidos se le aplicarán las disposiciones y normas legales referentes al régimen de visitas y a los derechos y obligaciones de los internos.


fecha edicion
old id
45971
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América