La Federación Panameña de Judo interpuso una demanada en contra de la Federación Internacional de este deporte por haber desconocido a Miguel Vanegas como Presidente de esta entidad en el congreso del 10 de septiembre de 2007 en Rio de Janeiro.
Sin embargo, la FIJ sostuvo la posición de que el Comité Olímpico de Panamá (COP) tenía reconocido al señor Ernesto Arce como Presidente de la FPJ.
Por su parte la Federación Panameña de Judo alegó que tal facultad, de acuerdo a la Ley panameña, era atribución privativa, es decir exclusiva, del Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES).
Luego de valorar las pruebas y escuchar los alegatos de las partes, en la audiencia celebrada en Lausana, Suiza en septiembre pasado, el Tribunal, con fecha 13 de octubre de 2008, dictó sentecia que en lo medular concluye que: “Toda decisión aprobada por el Congreso Ordinario de la Federación Internacional de Judo celebrado el 10 de septiembre de 2007 en Rio de Janeiro, Brasil, en relación con la Federación Panameña de Judo es descartada y se declara consecuentemente que la Federación Panameña de Judo dirigida por el señor Vanegas, es la única representante del judo de Panamá ante la Federación Internacional de Judo”. Además enfatiza que “toda otra moción o alegato en contra se descarta”.
Esta decisión de la máxima instancia de justicia deportiva del Comité Olímpico Internacional, hecha por tierra la acomodaticia tesis de que el COP puede reconocer directivas o presidentes de las federaciones deportivas del país.