Nación

El 1 de septiembre legalmente es libre


El 1 de septiembre próximo será un día libre para todos los trabajadores tanto de la empresa privada como el sector público y no es necesario que se emita ningún decreto ejecutivo, advirtió el jurista especializado en temas laborales, Ramiro Guerra.
Las declaraciones del presidente electo Martín Torrijos, en el sentido de que ese será un día de trabajo, motivó la aclaración por parte de Guerra, quien fue consultado sobre el tema.
El abogado recordó que el artículo 46 del Código de Trabajo establece como día de descanso obligatorio, los que son considerados como de "fiesta nacional" y los de "duelo nacional".
Como días de fiesta nacional, según el Código Laboral, se establecieron el 1 de enero, martes de Carnaval, 1 de mayo, 3, 10 y 28 de noviembre; 8 y 25 de diciembre; y el día que tome posesión del cargo el presidente electo de la República, o sea el 1 de septiembre venidero.
Fechas de duelo nacional que significan un descanso obligatorio son el 9 de enero y el Viernes Santo.
La norma establece en el artículo 42 las excepciones correspondientes a esta decisión.
Pero a pesar de las consideraciones del jurista Guerra, una fuente del Organo Ejecutivo notificó que en los últimos días de este mes se podría emitir el decreto para reiterar que el 1 de septiembre, por disposición legal, es un día de fiesta nacional y por ende de descanso obligatorio.
Pero a pesar de la decisión del presidente Torrijos de convocar ese día al primer Consejo de Gabinete de su gobierno, se espera que de forma aislada la población, por iniciativa propia, celebre la instalación del nuevo gobierno.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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