La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales las frases del artículo 45 de la Ley No. 7 de febrero de 1997 y del artículo 63 de la Ley 11 de junio de 1981 en donde se establecía que el monto de los presupuestos de la Universidad de Panamá (UP) y la Defensoría del Pueblo no podían ser recortados, lo que fue calificado por el rector Gustavo García de Paredes como el golpe más duro a la autonomía universitaria y dijo estar seguro que habrá manifestaciones para rechazar la medida.
Las demandas de inconstitucionalidad ante la Corte fueron formuladas por José Herrero Victoria y Nelson Herbert, contra la frase "el cual no podrá ser inferior al del año anterior", del artículo 45 de la Ley No. 7 de febrero 1997 que crea la Defensoría del Pueblo, y contra el numeral 1 del artículo 63 de la Ley 11 de 1981 de la Universidad de Panamá, en donde se señala sobre el presupuesto: "Y no podrán ser inferior al monto total de las partidas del año anterior".
Los demandantes argumentaron que ambas frases vulneran el artículo 268 de la Constitución.
El Defensor del Pueblo, Italo Antinori, indicó que el fallo coloca a la institución en una situación de "indefensión financiera" y afecta enormemente la imagen de Panamá, dando como un hecho que la reacción internacional no se hará esperar.
Antinori señaló a este medio que la decisión de la máxima corporación de justicia no le parece correcta, no la comparte, "es nefasta", pero que la respeta y acata.
García de Paredes y Antinori coincidieron en que la decisión del máximo tribunal de justicia es el golpe más duro dado a las instituciones, ya que las deja sujetas a los "caprichos de los políticos y a la voluntad del gobierno de turno".
El rector saliente expresó estar seguro que los estudiantes universitarios se manifestarán en las calles, tras la decisión de la Corte que ha tirado por la borda una legislación de más de 56 años, la cual garantizaba la sobrevivencia e independencia de la Universidad de Panamá.
Manifestó que a nivel continental la lucha por la autonomía de las universidades es algo que ha costado muertes, sangre y mucho dolor, ya que es uno de los preceptos fundamentales para alejar la política de los centros de estudio.
Los magistrados Graciela Dixon y César Pereira Burgos salvaron el voto en el caso de la Universidad de Panamá, pero en el caso de la Defensoría del Pueblo sólo salvó el voto Pereira Burgos.
Dixon expuso que la autonomía económica que consagra el artículo 99 y desarrolla el artículo 100 de la Constitución, en el caso de la Universidad de Panamá, debe ser respetada.
En tanto, Pereira indica que debe haber "una interpretación constitucional amplia, más preocupada por los derechos de los ciudadanos que de los poderes omnímodos del Poder Ejecutivo".
En el caso de la Defensoría del Pueblo, el magistrado señala: "Si limitamos la independencia económica del Defensor del Pueblo, terminaremos sofocando la institución y convirtiéndolo en instituto inoperante".
En su decisión el pleno señala que los citados artículos atribuyen privativamente al Organo Ejecutivo la potestad de elaborar el proyecto de presupuesto general del Estado y someterlo a su consideración, cuya misión no puede encontrarse limitada a una norma legal que coloque bajo condición, la elaboración del proyecto de presupuesto.
Explica que el Organo Ejecutivo debe respetar el mínimo señalado en la Constitución sólo para el Ministerio Público y el Organo Judicial, tal como se establece en el artículo 211.
En sus consideraciones sobre este fallo, Antinori expresó que le llamó poderosamente la atención que la magistrada Dixon salvara el voto sólo en el caso de la Universidad de Panamá, pues "es extraño" que cuando ella fue candidata a la Defensoría del Pueblo nunca advirtió que en la ley que creaba esta última institución hubiese algo inconstitucional.
El Defensor del Pueblo exaltó el salvamento de voto del magistrado Pereira Burgos, con el que coincidió en que "el fallo afectará la imagen internacional del país".
Antinori destacó que la ley que creó la entidad ha sido una de las más consultadas en el país, pero también la más "descuartizada".
A menos de un mes de que comenzara a funcionar oficialmente la entidad, se emitió un fallo que declaró inconstitucionales algunos artículos que a juicio del Defensor del Pueblo, le restaron facultades para investigar deficiencias en la administración.
Expresó que instituciones como la que él representa se deben proteger porque son "la voz del pueblo" y al igual que la universidad, presta un servicio social.
A la Defensoría del Pueblo se le asignó un presupuesto de 2.7 millones de balboas.
El periodo de Antinori se vence en marzo del 2001 y el abogado ha manifestado que no tiene intenciones de reelegirse, y que es consciente de que no contará con los votos, pero espera que "los intereses políticos de turno" se mantengan alejados de la elección de su sucesor, pues el cargo exige independencia absoluta.