Nación

El Procurador del Consumidor


El Instituto Panameño de Derechos de Consumidores y Usuarios (IPADECU) conjuntamente con la Unión Nacional de Consumidores y Usuarios de la República de Panamá (UNCUREPA), presentaron el 15 de marzo de este año a la Asamblea Legislativa un proyecto de reforma de la ley 26 de 1996. En el mismo se crea la figura del Procurador de los Derechos del Consumidor y el Usuario, quien tendría a su cargo investigar todas las denuncias por violaciones a las leyes de protección al consumidor.
El papel del Procurador del Consumidor será convertirse en un "defensor de lo indefendible", ya que asumirá la capacidad legal para intervenir en los procesos o trámites administrativos que se presenten ante el ERSP, es decir defenderá los derechos de los consumidores o usuarios de los servicios públicos.
De igual modo, podrá revisar, observar, documentarse sin limitaciones ni reservas el contenido de los expedientes que por cualquier causa sean de interés o afectación de los derechos u obligaciones de algún consumidor o usuario.
La nueva figura tendría capacidad legal por derecho propio y contaría con voz en todas las reuniones o secciones de la Junta Directivas o Asambleas de los organismos públicos o privados que tengan relación con el suministro de los servicios públicos.
El Defensor de los consumidores será escogido de diversas ternas formadas por representantes de sectores, no por el Ejecutivo.
La figura del consumidor debe ser ocupada por un funcionario con participación activa en todo lo que tenga que ver con la defensa de los derechos de bienes o de servicios públicos o privados por un mínimo de seis años.
Uno de los requisitos es que no puede tener ningún parentesco con ningún miembro del Consejo de Gabinete, tampoco haber formado parte durante los cinco años previos a su nombramiento, de alguna entidad como el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la Comisión de Asuntos del Consumidor (CLICAC) o el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP), o haber integrado algún gremio, empresarial, industrial, agrícola comercial existente.
Otro de los cambios que proponen los consumidores es la creación de un Tribunal Administrativo que funcionará en el Ente, pero no estará sometido a la potestad de su Junta Directiva. Este Tribunal conocerá de manera exclusiva a nivel nacional todas las causas, litigios, controversias, quejas o conflictos que se den, entre los usuarios y las entidades publicas.
A través del Tribunal se lograría tener un mediador para aquellos conflictos entre los consumidores y las empresas de prestaciones de servicios públicos.
Un ejemplo es cuando las empresas eléctricas se llevan el medidor de un usuario para sus laboratorios para confirmar si esta bien o adulterado para robar energía y deja al consumidor completamente a expensas de la decisión de la propia empresa. Esta situación de juez y parte acabaría con este Tribunal quien será el encargado de enviar el medidor a un laboratorio de SENACYT u otra entidad para su debida investigación.
El Tribunal estará integrado por tres magistrados con una duración en el cargo de cinco años. Y los requisitos serán los mismos que se exigen para ser Magistrado del Tribunal Superior de Distrito Judicial del Órgano Judicial.
Los Magistrados del Tribunal Administrativo del Ente serán designados por la Presidencia de la República, pero de las nóminas que haya remitido las asociaciones de usuarios al igual que el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CoNEP).
Además, deben ser ratificados por la Asamblea Legislativa.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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