Nación

El Pulso


AutonomíaEl Artículo 2 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 establece que la administración, planificación y control de las contingencias de la seguridad social panameña estarán a cargo de la Caja de Seguro Social, la que es una entidad de Derecho Público, autónoma del Estado, en lo administrativo, funcional, económico y financiero; con personería jurídica y patrimonio propio. Más claro, imposible.

AumentoEl Presidente de la República se comprometió en otorgar un aumento de B/ 50 a los jubilados, lo que resulta loable, siempre y cuando se ubique la fuente de los fondos sin afectar el programa correspondiente de la Caja de Seguro Social.

AdministraciónTal como ocurre con el Canal de Panamá, el Director de la Caja es un administrador que rinde cuentas a su Junta Directiva. Los dueños de ese patrimonio son quienes cotizan cuotas. Ojalá, el Ejecutivo lo tenga bastante claro.

 

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561628
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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