José Javier Rivera, vocero de FARM, dijo al Panamá América que lo que se busca es cumplir con requisitos de seguridad de los gobiernos de nuestro país y de Estados Unidos tal como lo establece el Código Internacional para la Protección Marítima de los Buques y de las instalaciones portuarias (ISPS por sus siglas en inglés).
Por su parte, Miguel López-Piñeiro, presidente del consorcio dijo que la acción legal se tomaría no sólo por ser un derecho sino porque además se actuó sin respeto a nadie.
"Estos señores llegaron con un vocabulario atroz, tirando piedras en un área donde había turistas que casi salen heridos", sentenció López-Piñeiro.
El empresario sostuvo además que el rector de la Universidad de Panamá y presidente de la ARI, Gustavo García de Paredes, no sólo "sacó de la cárcel a éstas personas, sino que también aplaudió lo sucedido".
López Piñeiro cuestionó el hecho de que García de Paredes se pronunciara en los medios de comunicación antes de tomar una decisión con respecto a un recurso que presentó la concesionaria.
Señaló que se trató en varias ocasiones de explicarle a la junta directiva y al presidente de la ARI, los motivos de seguridad para la colocación de la garita, pero no hubo "forma humana" de hacerlo.
No obstante, aceptó que la garita de seguridad se encuentra fuera del sitio que se les dio en concesión, pero aclaró que se trata de un área de servidumbre interna de la isla que funciona para el FARM, a Marina Monte Mar y a la Autoridad del Canal de Panamá, quienes se pusieron de acuerdo para la edificación de esta estructura.
Por otro lado, el presidente del consorcio FARM explicó al Panamá América que no se está prohibiendo la entrada a nadie y que el cobro de los B/. 2.00 no es un gravamen sino el costo por el uso de un servicio, en este caso, los estacionamientos privados.
El tema de la garita de cobro en Isla Flamenco tiene aspectos que podrían considerarse.
Por ejemplo, en mayo del año pasado la ex procuradora de la Administración Alma Montenegro de Fletcher, en respuesta a una consulta del ex administrador de la ARI, Alfredo Arias sobre el acceso o no de embarcaciones privadas a la marina del proyecto que lleva a cabo la empresa Fuerte Amador Resort & Marina le informó que el consorcio no podía negar la entrada.
En cuanto al derecho de reserva de admisión, Fletcher destacó que debe ser moderado, justificado legalmente y no debe ser una medida discriminatoria en contra de terceros.
Entre tanto, el artículo 34 especifica que no pueden constituirse gravámenes y agrega "esto podría ser causal de rescisión del contrato respectivo".
Incluso la Constitución Política de la República en sus artículos 255 y 256, indican que pertenecen al Estado y son de dominio público, las playas, riberas y puertos que son de aprovechamiento libre y común.
Las conversaciones continuarán con la AMP, Ministerio de Gobierno y Justicia, según aseguró López Piñeiro.
Lo recaudado es utilizado para pagar las luces, pintura, grama, seguridad, aseo de los baños y de los estacionamientos en general.