El Juzgado Octavo Civil determinó que las empresas Macello S.A., Productos Sonaeños, Servicio de Carnes de Panamá, Carnes de Coclé, Importadora Ricamar y Casa de la Carne han incurrido dentro de prácticas monopolísticas absolutas e ilícitas.
De acuerdo con el fallo emitido por el juzgado, las empresas realizaron un arreglo con el objeto de concertar el precio sugerido de venta al público de siete cortes de carnes de ganado vacuno.
En su decisión el juzgado sostiene que el actuar procesal de la parte demandada no se caracterizó por la buena fe y además fue advertido de un ejercicio abusivo del derecho de gestión.
También estableció como no probadas las excepciones de prescripción de la acción y petición antes de tiempo por no estar legalmente perfeccionada la autorización de legitimación para la acción civil impulsada por las partes demandadas.
A la vez señala que indiscutiblemente en el mercado de la industrialización, distribución y comercialización de la carne de ganado bovino se dieron prácticas anticompetitivas, ilícitas.
Por otro lado, señala que ninguna de las pruebas aportadas por la parte demandada fueron idóneas para desvirtuar la realidad determinada a través de la revisión de material probatorio, que sirvió de base a esa instancia jurisdiccional para tenerla como probada.
La demanda contra las empresas comercializadoras de carne fue presentada por la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), tras ubicar una serie de irregularidades en los precios de los cortes de carne de res.