El próximo 3 de enero cuando inicien las inscripciones a los puestos de elección, el profesor Juan Jované no podrá aspirar a la Presidencia de la República como independiente.
Ocurre que los magistrados del Tribunal Electoral (TE), Eduardo Valdés Escoffery y Erasmo Pinilla acordaron rechazar su solicitud de autorización para iniciar los trámites de su candidatura.
El magistrado Gerardo Solís no los apoyó e hizo salvamento de voto, porque considera que "el derecho a ejercer una postulación libre para Presidente debe prevalecer, por encima de limitaciones restrictivas".
No obstante, la Sala de Acuerdos 84 del TE, con fecha del 16 de diciembre de 2008, resolvió "rechazar de plano por improcedente e inadmisible la solicitud" de Jované, presentada por el abogado Rafael Benavides, el pasado 18 de noviembre.
La decisión del TE se da en medio de las críticas de varios constitucionalistas que han señalado que la Constitución Política no impide a un candidato de libre postulación aspirar a ser Presidente.
Los magistrados tuvieron como fundamento legal los artículos 233, 234, 244 y 493 del Código Electoral.
Los articulados hablan de las candidaturas expresas a partidos políticos y de los puestos que pueden optar los independientes.
El artículo 233 señala: "Sólo pueden postular candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, los partidos políticos legalmente reconocidos".
Discrepa.
El artículo 179 de la Constitución Política establece que para ser Presidente o Vicepresidente se requiere ser panameño por nacimiento y haber cumplido 35 años. El siguiente artículo exceptúa a aquellos ciudadanos que hayan sido condenados con pena de 5 años.
En tanto, el ex-magistrado del Tribunal, Guillermo Márquez Amado, reiteró que el artículo 233 del Código Electoral es inconstitucional.
Consideró que sería más democrático permitir que cualquier ciudadano pudiera ser postulado aunque no fuera por un partido político.
Crítica.
La reacción de Jované al conocer el fallo del TE no fue de asombro, ya que alegó que solo quería la oportunidad para recoger firmas y seguir con su candidatura.
Denunció que el Tribunal y los partidos tienen la democracia secuestrada.
Asimismo, la abogada Magaly Castillo coincide con Jované en que en Panamá hay que corregir temas electorales como el de los independientes.
"Mientras las reformas electorales estén en manos del Consejo de Partidos Políticos y el Tribunal Electoral, los avances serán mínimos, lo que nos aleja de una verdadera democracia electoral".
Por su parte, la ex-magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Graciela Dixon, es de la opinión que ambas normas (el Código y la Constitución) hay que verlas de forma integral para hacer el análisis.
Voto salvado.
La actitud disidente del magistrado Solís, según el acuerdo, es basada en que cualquier interpretación restrictiva afecta la democracia.
El magistrado considera que hay que fomentar el debate para abolir el artículo 233, "que no tiene razón de ser".