Nación

Estado envuelto en litigio de propiedad


El Estado panameño podría sufrir una lesión por el orden de los B/. 500 millones si procede una sentencia en el caso de un "proceso ordinario de mayor cuantía" que promueve Jorge Chavarría y otros, a través de su abogado Gustavo Pitty Porter, para que se les indemnice por la supuesta expropiación de una finca en 1971.
Esta fue la advertencia hecha por la abogada Irene Mora, quien representa a los familiares del ex presidente de la República, Ramón Maximiliano Valdés, quienes reclaman ser los legítimos herederos y propietarios de la finca 2483 que es objeto de un litigio con los Chavarría.
La jurista Mora explicó que esta finca de 252 mil 106 hectáreas fue adquirida por el expresidente Valdés, fallecido en junio de 1918, pero posteriormente mediante un fallo de juicio de sucesión intestada de septiembre de 1920, el juez segundo de Circuito Civil declaró como herederos de esta finca a su esposa, Diana Dutary de Valdés, y sus dos hijas Elena Victoria y María del Carmen Raquel Valdés.
Sin embargo, la familia Chavarría, según Mora, expone que José Nicolás Chavarría, quien cuidaba la casa del expresidente interpuso un "proceso de prescripción adquisitiva de dominio" contra el expresidente logrando la titularidad de la finca antes que fuera expropiada en 1971, versión que no concuerda con la realidad, porque en 1920 ya se había declarado como herederos a la esposa e hijas del ex mandatario.
Mora agrega que los hijos de José Nicolás Chavarría sustentan sus argumentos en una supuesta "sentencia favorable emitida el 7 de diciembre de 1971" a favor de su padre, pero esta sentencia en doce años no ha sido mostrada y tampoco reposa en los archivos del Organo Judicial ni en los Archivos Nacionales
En una nota enviada al contralor general de la República, Alvin Weeden, Mora le advierte que la jueza Guimara Aparicio del Juzgado 16 del circuito de lo Civil se apresta a dar un fallo para ordenar la indemnización basada en un "proceso amarillo" que podría provocar la "lesión del Centenario" .
Igualmente, en nota enviada a la propia jueza Guimara, la jurista le advierte que si no revisa minuciosamente el expediente 52-99 y dicta una sentencia le traerá un daño al Estado condenándolo a pagar, una doble indemnización.
La abogada afirma que si la jueza procede con la autorización para la indemnización se convierte en un acto de corrupción porque con fecha del 23 de julio de 1999, el Fiscal Décimo del Primer Circuito Judicial de Panamá, José Ayu Prado, determinó que el abogado de los Chavarría, Gustavo Alberto Pitty Porter, no acreditó "fehacientemente que sus ponderantes son herederos declarados del difunto José Nicolás Chavarría con respecto a la pretensión ahora dirigida contra el Estado".
Esta parte de la vista civil 23-99 del fiscal Ayu Prado agrega que lo único que ha probado la parte reclamante es que se abrió un proceso civil de sucesión intestada, sin que se especifique algo acerca del vínculo directo entre los ponderantes y las tierras objeto de esta reclamación y añade que "no es lo mismo ser heredero del ahora fallecido José Nicolás Chavarría, que el que se le haya adjudicado derecho alguno sobre el inmueble".
Basado en estos elementos, el fiscal recomendó al juez décimo sexto del circuito civil del primer distrito judicial, que "no acceda" a ninguna de las pretensiones en el proceso ordinario de mayor cuantía presentado por el licenciado Gustavo Alberto Pitty Porter".
Según la abogada Mora, de dictarse un fallo favorable al pago de la indemnización se estaría incurriendo en uno de los más sonados casos de corrupción.


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136133
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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