Los asesores de la Comisión de Asuntos del Canal de la Asamblea Legislativa iniciaron un análisis de las leyes y las normas constitucionales en materia del manejo de la vía acuática, a fin de evaluar la forma en que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) maneja el proceso de modernización.
El presidente de la Comisión de Asuntos del Canal, Julio César Castillo, insistió en la necesidad de que la ACP brinde mayor divulgación sobre los adelantos que hay con respecto a la modernización de la vía acuática, al tiempo que recordó que la decisión a tomar debe ser sometida a un referéndum nacional antes de empezar a ejecutarla.
La Constitucional Nacional es clara y en este sentido determina que el pueblo panameño tiene la última palabra, con respecto a lo que será la mejor opción para la modernización del Canal.
Indicó que los asesores de la Comisión Legislativa de Asuntos del Canal realizaron una jornada académica y de preparación para conocer a profundidad lo que dicta la Constitución Nacional y las leyes en esta materia.
Aseguró que las autoridades de la ACP deben tener presente que el tema de la vía acuática, es una materia que ha sido incluso elevada a rango constitucional por la importancia que ésta representa para el país y lo más correcto es que se divulgue plenamente lo que se hace en materia de modernización.
Castillo añadió que la Asamblea Legislativa, como órgano del Estado panameño, está en pleno derecho legal y constitucional a conocer qué es lo que se hace en materia de la modernización de la vía acuática, para contribuir a que se tome la mejor decisión al respecto.
Reconoció que hay trabajos que forman parte de la modernización de la vía acuática, que corresponden a la administración de la ACP y que han sido ejecutadas de manera acertada como la ampliación del Corte Culebra.
Una vez la madre soltera rinda testimonio en el registro, se emite una boleta y se notifica personalmente al supuesto padre. Se concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de entonces y si cumplido ese periodo, sin causa justificada esta persona no se presenta se inscribirá al niño con el apellido del padre y de la madre.
Si por el contrario niega la paternidad, el Registro Civil llena un formulario firmado por la reclamante y el supuesto padre, que se remitirá al Juzgado Seccional de Familia o al de Niñez y Adolescencia. Inmediatamente el juez abrirá un expediente ordenando la prueba de ADN y fijando la fecha para la misma.
De resultar positiva la prueba, el niño adquiere de inmediato el apellido de la madre y el padre y éste último pagará los gastos, en caso contrario, es ella quien cancela el costo y es potestad del citado demandar a la reclamante, como detalló a El Panamá América el subdirector del Registro Civil, Anel Pérez.
Para Teresita Yániz de Arias la ley tendrá resultados interesantes. Es la primera vez en la historia de Panamá que la mujer señala al padre de la criatura. "Hasta ahora la madre debía esperar buenamente hasta que el padre lo reconociera. Ahora puede señalarlo y eso es revolucionario".
Mientras que Pérez, se inclina a pensar que con la Ley 39 de Paternidad Responsable los hombres pensarán dos veces sostener una relación pasajera con una mujer. "Esperemos que con ella haya más responsabilidad a la hora de la actividad sexual pues ahora las madres solteras disponen de un recurso valiosísimo".
Pérez reconoce que ante tanta demanda el trabajo en las oficinas a su cargo se ha duplicado, pero era de esperarse y lo entiende como un compromiso con la sociedad que requería capacitación para las nuevas funciones, tal como lo han hecho.
Sin embargo, la reducción del presupuesto asignado a la institución delimita el trabajo, sobre todo, a la hora de las movilizaciones. No disponen de vehículos para efectuar las notificaciones y los retrasos en el proceso son a veces inevitables.
A pesar de ello, para Pérez la ley ha sido una respuesta expedita para las madres de escasos recursos, quienes debían atenerse a un defensor de oficio y esperar hasta por tres años una resolución. Más importante aún es la forma gratuita y en ausencia de un abogado, con la que ahora puede abrirse formalmente el proceso especial en la esfera administrativa, sostuvo Pérez.
"Se trata de un procedimiento novedoso que busca acelerar los reclamos relacionados con la paternidad de los hijos", añade.