Tras el traslado del ex ministro de Educación, Belgis Castro, al Centro Penitenciario El Renacer, sus abogados presentaron un segundo recurso de Hábeas Corpus para que sea liberado.
Castro fue enviado a la cárcel El Renacer, luego que el fiscal Segundo Anticorrupción, Ramsés Barrera, argumentara que el ex ministro violó la medida cautelar de casa por cárcel y merecía que le aplicaran una detención preventiva.
Barrera sostuvo que la presencia de Castro en actividades públicas era una violación a las medidas cautelares que le otorgó la Corte Suprema.
La defensa de Castro mediante el segundo Hábeas Corpus busca que se declare ilegal su arresto.
Los abogados sostienen que su cliente aún se encuentra a órdenes de la Corte y que el fiscal Barrera carecía de competencia para ordenar su detención.
Agregaron que no fue sino hasta ayer cuando la Secretaría de la Corte Suprema fijó un edicto notificando a las partes de su decisión.
Higinio Aguirre, abogado de Castro, explicó que el Artículo 2604 del Código Judicial señala que en materia de Hábeas Corpus, la persona puesta en libertad no podrá ser detenida nuevamente por los mismos motivos, salvo que se presenten nuevos elementos probatorios en su contra.
Salvamento de votos. Al resolver el primer Hábeas Corpus, los magistrados Winston Spadafora y Aníbal Salas salvaron sus votos y estimaron que Castro debía permanecer detenido, ya que se había comprobado su vinculación al otorgamiento irregular de contratos para la remoción de fibra de vidrio en 11 escuelas Panamá Este.
Spadafora y Salas señalan que la piezas probatorias indican que Castro “se desvió del deber de probidad que le competía, lo cual propició una ruptura al recto ejercicio de su cargo”.
Ambos magistrados coinciden en que resulta censurable la actuación de Castro, ya que los trabajos de remoción de fibra de vidrio no fueron culminados o se realizaron de forma defectuosa en detrimento de las finanzas de la educación nacional.
También señalan que Castro emitió orden de proceder a favor del Grupo Inmeca, sin contar con el refrendo de la Contraloría General de la República y firmó la orden de pago, cuando le correspondía al Director de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación.