Los contribuyentes que presenten su declaración jurada hasta el 31 de julio, podrán acogerse al Acuerdo Municipal 40 de abril de 2012, que exonera el pago de una multa de 500 dólares.
Según el director de Administración Tributaria del Municipio de Panamá, Guillermo Domínguez, el acuerdo 40 de 24 abril de 2012 establece en su artículo 7, la exoneración del pago de la multa a quienes no presenten la declaración jurada.
Con la nueva medida, se verán beneficiados los contribuyentes que realicen el trámite de declaración jurada antes del 31 de julio de 2012 y que la suma de sus aforos mensuales sea igual o menor a B/.40.00, explicó Domínguez.
Para esta prórroga no aplican los contribuyentes cuyos impuestos mensuales sobrepasen 40 balboas, luego de presentar la declaración jurada.
Transcurrido el plazo, no habrá exoneración a la multa de 500 balboas para los contribuyentes que no presenten la declaración jurada.
Exoneran recargo a contribuyentes que presenten declaración jurada a tiempo
Con la nueva medida, se verán beneficiados los contribuyentes que realicen el trámite de declaración jurada antes del 31 de julio de 2012 y que la suma de sus aforos mensuales sea igual o menor a B/.40.00, explicó Domínguez.