El laudo arbitral que condenó a Panamá a pagar B/.32.5 millones a una empresa francesa, "está viciado de nulidad", aseguró el secretario de Metas y Gestión del Gobierno, Ebrahim Asvat.
A juicio del jurista, la empresa Fernando de Lesseps se equivocó al demandar a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y no al Estado, por lo que el fallo está viciado de nulidad, porque no se puede someter a un arbitraje a una persona o entidad que no fue parte contratante.
Recordó que la ley es clara y establece que la ATTT tiene personería jurídica. "Cuando el francés demandó a la ATTT no podía activar el arbitraje, a menos que hubiese demandado al Estado panameño", dijo.
El Estado prepara una apelación ante la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia.
Asvat señaló que otra falla radica en que anterior a las reformas, para demandar al Estado panameño se requería la aprobación del Consejo de Gabinete y este arbitraje nunca fue a esa instancia.
"Este laudo no sólo condenó a la ATTT a pagar, sino que subsidiariamente condena al Estado, cuando éste jamás fue parte ni escuchado en este litigio, este es otro vicio de nulidad", dijo.
No obstante, precisó que estos laudos son casi finales, pero hay precedentes de algunos rechazados por la Corte Suprema de Justicia. Citó el caso de la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) y la Central de Finanzas.
Por otra parte, una fuente oficial detalló a Panamá América que las acciones de la ATTT iniciarán una vez el Centro de Solución de Conflictos resuelva 13 aclaraciones presentadas.
"El tribunal tiene un plazo de 15 días hábiles para resolver las aclaraciones y la ATTT igual cantidad de tiempo para actuar legalmente", indicó.
Panamá América contactó a Eduardo Rodríguez, uno de los árbitros en este caso, quien explicó que por ley no pueden dar opiniones en torno a este tema. "Una vez el caso sea cerrado atenderemos todas las inquietudes", señaló.