Nación

Fondos no pueden ser embargados


La procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher determinó que los fondos del bono extraordinario negociado por el SITIRHE en las convenciones colectivas negociadas y pagaderos por parte del Estado no pueden ser secuestrados ni embargados.
De acuerdo con Fletcher la decisión de la Contraloría General de la República de poner la suma de 3 millones 613 mil balboas a disposición del Juzgado Séptimo Civil, dentro del litigio mantenido con el abogado Candelario Santana por el pago de un 4% por su labor de asesoría en la negociación de las convenciones colectivas, no es legal.
Según la procuradora Fletcher la Contraloría rebasó las facultades de los funcionarios públicos, pues no le es dable atender la reclamación de pago ni disponer sobre estos fondos, ya que éstos están bajo la responsabilidad del Estado.
Alegó que las medidas cautelares debieron recaer sobre los bienes del sindicato y no sobre el fondo que constituye la bonificación extraordinaria, toda vez que esos dineros no pertenecen al sindicato, sino a los trabajadores de manera individual y hasta que no se ordene su desglose esos dineros están en disposición del Ministerio de Economía y Finanzas.
La representante legal de los trabajadores del SITIRHE, Rosa Pérez de Tristán, alegó que la respuesta de la procuradora Fletcher indica que se cometió un fraude y el delito de peculado, por lo que eso deberá ser elevado a una Fiscalía Delegada para su respectiva investigación.
Detalló que la investigación se debe iniciar de oficio para determinar las responsabilidades de las personas que favorecieron la cesión del embargo de los bienes pertenecientes a los trabajadores del SITIRHE.
Los trabajadores dijeron que acudirán a las instancias superiores de justicia para lograr la devolución de sus dineros, ya que éstos fueron obtenidos con el sudor de su frente y luego de muchos años de sacrificios.


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101 años de Panamá América

 
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