Nicolás Corcione, directivo de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), debe ser investigado mediante las reglas del Sistema Penal Acusatorio (SPA) o, de lo contrario, la investigación en su contra sería declarada nula.
A esta conclusión ha llegado el abogado Armando Fuentes, miembro de la comisión revisora que redactó el nuevo código de procedimientos penales para aplicar el SPA.
Fuentes indicó que existe un fallo de la Corte Suprema de Justicia, del 9 de octubre del 2008, que le da el grado de funcionarios con mando y jurisdicción a nivel nacional a los directores de la Autoridad del Canal de Panamá y, por ende, son procesados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y no un juzgado de circuito.
Fuentes indicó que con este fallo se establece un modelo de interpretación con base en el racionamiento jurídico que permite aclarar esta controversia.
Explicó que el nuevo código de procedimiento penal establece que los funcionarios con mando y jurisdicción nacional que son procesados por la Sala Penal, se les aplica el código de procedimiento penal en todas las jurisdicciones del país.
La semana pasada, Roberto Moreno, abogado de Nicolás Corcione, presentó un escrito de advertencia de nulidad ante la presunta inaplicabilidad del Código Judicial en el caso de su cliente.