EL TRIBUNAL Electoral (TE) tomó la determinación de excluir del padrón electoral a todos los que no hayan ejercido el derecho al sufragio en las tres últimas consultas populares y que en ese mismo período no han realizado trámites ante esa institución.
La citada norma será incluida en el Código Electoral, luego que la Comisión Nacional de Reformas Electorales aprobara la medida.
Una nota de prensa del TE también señala que los así excluidos podrán solicitar su reinscripción antes del cierre del padrón electoral.
Explica que la nueva norma es de orden público y retroactiva para quienes no han ejercido el sufragio en los términos antes señalados.
A la vez, se aprobaron modificaciones y adiciones al artículo 27 del Código Electoral, que permite al TE iniciar de oficio procedimientos para inhabilitar los servidores públicos que no hubieran renunciado a su cargo y hubiesen sido postulados a un cargo de elección popular. Además, se estableció que la postulación de un candidato en violación de esta prohibición conlleva el vicio de nulidad absoluta y el cargo quedará vacante, en caso de que el candidato fuera proclamado ganador.
"Requisitos para una Comunicación Política Exitosa" fue el título del seminario, en el que participaron estudiantes de Periodismo y profesionales del ramo.