Fuertes medidas para el transporte de servicio colegial se encuentran en vigencia para quienes infrinjan la ley y se hallen involucrados en actos delictivos.
Esta reglamentación fue firmada por la presidenta de la República, Mireya Moscoso y el ministro de Gobierno, Arnulfo Escalona, mediante el Decreto Ejecutivo No.316 de 19 de agosto de 2004.
En este decreto se estableció que todo vehículo que esté involucrado en robos, asaltos, tráfico de drogas, violación carnal, corrupción de menores y por propiciar actos indecorosos dentro del colegial, serán sancionados de forma ejemplar.
Igualmente se encuentra totalmente prohibido libar bebidas alcohólicas en el vehículo y propiciar actos sexuales. Quienes sean detectados cometiendo estos delitos se procederá a la suspensión del certificado de operación por el término de un año.
Las sanciones también establecen que si se comprueba la participación dolosa del conductor del bus colegial, se le cancelará el certificado y al conductor la suspensión de la licencia por cuatro años.
El decreto también señala que estos vehículos deberán contar con una póliza de seguro de automóvil que contenga cobertura de accidentes personales de los ocupantes, del conductor, contra daños a la propiedad de los pasajeros y una póliza de responsabilidad civil.
Los propietarios de colegiales al contar con su certificado de operación, tendrán seis meses para organizarse como persona jurídica.
También quedó prohibido el uso de amplificadores, troneras y sirenas; mientras que el color del bus será amarillo y no podrán utilizar papel ahumado.
Fuertes sanciones para conductores de colegiales
Esta reglamentación fue firmada por la presidenta Mireya Moscoso.