Un decreto de cinco artículos prohíbe a los funcionarios del Gobierno hacer política, pero el propio firmante, el presidente de la República, Martín Torrijos, sí puede hacerla.
De hecho, Torrijos ha estado en múltiples eventos políticos donde aparece la candidata presidencial de su partido, Balbina Herrera.
Pero el pasado martes, firmó el Decreto Ejecutivo No. 160 de 18 de noviembre de 2008, que excluye a los servidores públicos de actividades proselitistas y propaganda política en horas de trabajo.
La norma, aparecida en la Gaceta Oficial de ayer, no establece la prohibición para el presidente Torrijos.
Sin embargo, el magistrado del Tribunal Electoral (TE), Gerardo Solís, está muy claro. "La norma es para todo aquel que él (Torrijos) puede nombrar", sostuvo.
Según el magistrado, Torrijos dijo que la sanción para los que la incumplan es la destitución, pero él mismo no se puede destituir.
El magistrado del TE explicó que la ley electoral alcanza al Presidente, pero el Decreto Ejecutivo que firmó Torrijos es para los subalternos.
"Él es quien está firmando la norma, él es quien está diciendo que destituye a los funcionarios que se portan mal, él no se puede destituir a él mismo", reiteró Solís.
Pero el dirigente Andrés Rodríguez consideró que es pura politiquería.
El Código Electoral en el artículo 30 establece que queda prohibido a los servidores públicos realizar actividades de propaganda y afiliación política en horas laborales o utilizar su autoridad o influencia de sus cargos para intereses proselitistas.
El ex presidente Ernesto Pérez Balladares, en 1999, firmó un decreto similar al de Torrijos que restringía y evitaba que los funcionarios usaran dinero del Estado o se inmiscuyeran en campaña política en horas laborables.