Nación

Futuro de Afú depende de la Corte


El juicio que realizó ayer el Tribunal Electoral (TE) al legislador Carlos Afú, en el proceso de expulsión y revocatoria de mandato que inició el Partido Revolucionario Democrático (PRD), se mantendrá en el limbo hasta tanto la Corte Suprema de Justicia resuelva la advertencia de inconstitucionalidad que analiza esa instancia.
Con la notable ausencia del magistrado presidente del TE, Erasmo Pinilla, la audiencia, que se extendió por aproximadamente tres horas y media, concluyó en un "estado de decidir" con la confianza de cada una de las partes de haber presentado convincentes alegatos.
Luego de lo anterior, cualquier decisión sobre la expulsión y/o revocatoria de mandato aplicable al legislador está supeditada a lo que decida la Corte en relación con el mismo tema.
Sin embargo, para el ex magistrado del TE, Guillermo Márquez, el recurso que aún evalúa la Corte hará más tortuoso todo lo actuado, cualquiera que sea la decisión de esa dependencia, debido a que la Constitución no contempla la advertencia de constitucionalidad contra el TE, sino el propio recurso.
"Si la Corte decidiera que por razón de una advertencia de inconstitucionalidad lo que se está haciendo en el Tribunal Electoral puede ser inconstitucional, la propia decisión de la Corte será inconstitucional", explicó.
Y aunque lo anterior pudiera parecer un juego de silogismos, para Márquez no hay duda que al momento que se emita una decisión sobre la advertencia surgirá una polarización entre las partes involucradas en el conflicto, con la disyuntiva de a quién corresponde la razón jurídica.
Lo conveniente, según el ex magistrado, hubiera sido que la Corte respetara el precepto constitucional que dice que no cabe la advertencia de inconstitucionalidad, más sí el recurso de inconstitucionalidad.
Pero todo lo anterior no parece preocupar, por lo menos momentáneamente, al legislador Afú, quien al final de la audiencia y junto a centenares de coterráneos que lo esperaron en vigilia fuera del Tribunal Marítimo, expresó su confianza de que el veredicto del TE le será favorable.

La audiencia fue una contienda de tres contra uno, si se toma en cuenta las partes que intervinieron en el proceso.
Afú, junto a sus abogados, Félix Antinori y Roberto García Flores, se presentó en el juicio impugnando la revocatoria de mandato y expulsión del partido emitida por el Tribunal de Honor y Disciplina del PRD, representado por el representante legal del Partido, Mario Velásquez Chizmar.
Pero también contó con el respaldo en su defensa del abogado, Carlos Richard, representante del legislador suplente Tomás Gabriel Altamirano Duque y a quien también se le sigue un proceso en el PRD.
Gerardo Solís, fiscal electoral, actuó por el TE impugnando igualmente lo actuado por el PRD en el proceso de revocatoria de mandato a Carlos Afú, exponiendo argumentos sobre la extemporaneidad de los lineamientos utilizados para el encausamiento de Afú.
Y fue precisamente el fiscal Solís el que utilizó los alegatos más fuertes contra el PRD al culpar al tribunal de honor de utilizar criterios emanados de la "cúpula oligárquica que no estará permanentemente en el poder", para justificar la revocatoria de mandato a Afú.
El funcionario sustentó su ponencia presentando información que, a su criterio, evidencian que los lineamientos que fueron expuestos para adoptar la medida contra el legislador no existían cuando éste fue postulado al cargo, por lo que no encajaban como causales dentro del proceso.
De acuerdo con el fiscal, las causales de revocatoria justificadas por el PRD en el proceso contra el legislador del circuito 7-1 son producto de una declaración de principio adoptada por el partido en agosto del 2001, no contenidas en los estatutos del PRD ratificados en 1999 que sí son aplicables a Afú.
Lo que sí sería válido para Solís es la expulsión del parlamentario del colectivo, pero en lo que compete a la curul "impera la primacía hacia el electorado y no al Partido".
Por su parte, Félix Antinori, abogado de Afú, insistió en las irregularidades de las causales alegadas por el PRD y criticó la postura de Martín Torrijos y la cúpula del colectivo de pretender aprobar o desaprobar la validez de los candidatos a magistrados de la Corte.
Antinori recordó que durante la administración perredista del ex presidente Ernesto Pérez Balladares se nombraron a magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del TE, quienes debieron ser ratificados por la Asamblea Legislativa, con la consecuente solicitud hecha a los parlamentarios.
Pero definitivamente quien no estuvo conforme con el estado final de la audiencia fue la parte que representa al PRD, que manifestó que no existen los elementos para exponer una espera del fallo final.
Según Mario Velásquez Chizmar, la resolución de advertencia presentada en la Corte está dirigida a una resolución del TE, lo que no justifica una demora en la emisión de fallo.
Durante sus alegatos, el jurista expresó que el poder disciplinario dentro del partidos les otorga cierta discrecionalidad para aplicar las medidas de sanción y rechazó que durante el proceso contra Afú se utilizaran dos estatutos.
Pero al margen de los alegatos expuesto durante la audiencia, nada está dicho hasta tanto los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, algunos de ellos principales protagonistas del contencioso en referencia, diluciden el recurso de advertencia de inconstitucionalidad que reposa en sus instancias.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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