El precio oficial de las frecuencias de televisión del Canal 8 sería analizado mañana por el Consejo de Gabinete, luego de la divulgación en la Gaceta Oficial del Decreto Ejecutivo No.111 del 9 de mayo de 2000, que regula la licitación de los servicios públicos de radio y televisión, el cual establece que las frecuencias deben poseer un avalúo fijado por el Ministerio de Economía y la Contraloría de la República.
Según la ministra de la Presidencia, Ivonne Young, tanto el ministro de Economía, Víctor Juliao como el contralor de la República, Alvin Weeden, podrían someter a consideración del Consejo de Gabinete los avalúos realizados a las frecuencias del Canal 8 y su repetidora en Colón, el Canal 10, para entonces fijar un precio oficial.
El Decreto Ejecutivo No.111 modifica varios artículos del Decreto Ejecutivo No.189 de 13 de agosto de 1999, que reglamenta la Ley No.24 que regula los servicios públicos de radio y televisión.
De acuerdo con la norma modificada por la actual administración y que lleva la firma de la presidenta de la República, Mireya Moscoso, las concesiones para los servicios públicos de radio y televisión Tipo A, se otorgarán mediante el procedimiento de licitación pública, en atención al valor real en el mercado de la frecuencia respectiva que será determinada mediante un avalúo que realizarán el Ministerio de Economía y Finanzas y la Contraloría de la República, a la persona que ofrezca el precio más alto, durante el acto de presentación de ofertas.
Detalla el decreto que la elaboración y aprobación de los pliegos de cargos, la conducción del proceso y la designación de la Comisión de Precalificación competen exclusivamente al Ente Regulador.
Las reformas establecen que en ningún caso se adjudicará una concesión por un precio menor que el precio oficial, y cuando no sea posible adjudicar una concesión en base al artículo anterior, el Ente Regulador mediante resolución motivada declarará desierta la licitación y convocará a un nuevo acto de presentación de ofertas.
Cabe destacar que en el acto de presentación de ofertas sólo pueden participar las empresas precalificadas, y cuando en el proceso de licitación únicamente haya un precalificado, el Ente Regulador adjudicará la concesión siempre que el precio presentado sea por lo menos igual al precio oficial.
El artículo quinto del Decreto Ejecutivo señala que si no resultasen candidatos precalificados se suspenderá el acto de nueva convocatoria de acuerdo a lo establecido en el artículo 90-A de este decreto.
El contralor Weeden informó en días pasados que tanto esta dependencia como el Ministerio de Economía y Finanzas, trabajan en los avalúos de las frecuencias del Canal 8 y 10, para posteriormente afinar conceptos y establecer un precio oficial.