La decisión se tomó para dar por terminado el proceso por la supuesta comisión de prácticas monopolísticas, que inició en el 2008 la ACODECO en contra de las empresas mencionadas.
El artículo 86 de la Ley 45 de 2007, referente a las funciones de la Acodeco, en el numeral 15 establece la posibilidad de que ésta pueda celebrar transacciones con los agentes económicos investigados y/o demandados por la supuesta comisión de prácticas monopolísticas y de esa forma dar por terminado los procesos judiciales, previo cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la plena validez del acto.
Tomando en consideración la facultad otorgada a la Acodeco en el comentado numeral 15 del artículo 86, las tres empresas solicitaron iniciar un proceso de negociación con el fin de llegar a una transacción judicial.
Esta transacción consiste en que cada empresa aportará 100 mil dólares; dinero que será entregado en cheque certificado a favor del Tesoro Nacional, en un plazo no mayor de 15 días a partir de la fecha en que quede ejecutoriado el auto judicial que aprueba la presente transacción.
Además, este proceso permitirá que la Acodeco realice auditorías de competencia en las instalaciones de estas empresas durante cuatro años, contados a partir de la fecha en que la presente transacción judicial se encuentre formalmente aprobada.
El acuerdo fue firmado por los representantes legales de ambas partes y remitido a la Procuraduría General de la Nación, la cual emitió concepto favorable al Acuerdo de Transacción.
Para dar por terminado un proceso en el cual forma parte el Estado se constituyen en requisitos indispensables para que el tribunal apruebe la transacción -además de contar con el concepto favorable de la Procuraduría General de la Nación- que la transacción sea aprobada por el Consejo de Gabinete.