Nación

Gobierno crea Consejo Nacional Indígena


El Gobierno Nacional ordenó, mediante decreto Ejecutivo N° 1 del 11 de enero de 2000, la creación del Consejo Nacional de Desarrollo Indígena, como instancia consultiva y deliberativa sobre políticas y acciones públicas dirigidas a los pueblos indígenas.
Este decreto establece que el Consejo, que tendrá carácter permanente, tendrá entre sus objetivos aprobar y promover de forma permanente un Plan de Desarrollo Nacional Indígena, con criterios de equidad, competitividad, sostenibilidad y gobernabilidad.
Al Consejo Nacional de Desarrollo Indígena le corresponderá, además, establecer y promover mecanismos de diálogo y consulta permanente entre los pueblos indígenas y los diferentes sectores de la sociedad panameña, para la concertación de acciones, dirigidas al desarrollo y a la política nacional indígena, así como también recomendar políticas públicas hacia estos grupos, respetando su identidad, pluralidad de cultura y derechos específicos.
Según la norma, el nuevo organismo será presidido por la Presidenta de la República o la persona que ella designe y lo integrarán los ministros de Gobierno y Justicia, Economía y Finanzas, Salud, Educación, Juventud, Niñez, Mujer y Familia, Desarrollo Agropecuario, los directores del Fondo de Inversión Social (FIS), Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), Defensor del Pueblo y el Presidente de la Comisión Legislativa de Asuntos Indígenas.
También lo integrarán un o una representante por cada uno de los congresos y consejos generales de los ocho pueblos indígenas, tres representantes de la mujer indígena, un representante del Consejo Ecuménico, uno por la Fundación del Trabajo, uno por la Coordinación Nacional de Pueblos Indígenas, uno por una Organización No Gubernamental Indígena y uno por una no indígena y el Presidente del Consejo de Rectores de las Universidades.
El Consejo, que estará adscrito al ministerio de la Presidencia, contará con una Secretaría Técnica, que será ejercida por la Dirección Nacional de Política Indigenista, hasta tanto se cree la nueva entidad encargada de los Asuntos Indígenas, la que regulará esta materia.
Esta Secretaría estará encargada de promover, coordinar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos con enfoque de género para el desarrollo de los pueblos indígenas, respetando su identidad étnica y cultural, y sus formas de organización.
Para su funcionamiento, destaca el decreto, el Consejo podrá recibir fondos, por conducto del ministerio de la Presidencia, provenientes de préstamos y donaciones de personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, entidades financieras y organismos internacionales, así como los legados y herencias, que sean aceptados a beneficios de inventarios, los que, conjuntamente con el presupuesto asignado por el gobierno central, serán administrados por la secretaría técnica.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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