Nación

Gobierno da plazo de dos meses a circos

La Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) prohibió la entrada al país de animales silvestres que formen parte de circos fijos e itinerantes.


La Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) prohibió la entrada al país de animales silvestres que formen parte de circos fijos e itinerantes.

La medida plasmada en la Resolución No. 0149 del 27 de febrero de 2014, publicada en Gaceta Oficial, establece que dentro de la prohibición se encuentran animales que formen parte de espectáculos y exhibiciones.

El documento señala que la medida no aplicará para animales silvestres destinados a los zoológicos, colecciones privadas y centros de rescate de este tipo de animales.

 

La normativa otorga un plazo de dos meses a los circos que actualmente estén funcionando en Panamá para exportar a los animales.

En el artículo 114 de Ley No. 41 del 1 de julio de 1998, se establece que el incumplimiento de esta normativa contempla sanciones que van desde $1 millón hasta los $10 millones.

La Alcaldía de Panamá, a inicios de este año, ordenó la suspensión provisional del espectáculo y no le otorgó permiso de operaciones, sin embargo, el Juzgado Sexto Penal admitió un amparo de garantías constitucionales y ordenó la suspensión provisional de la orden alcaldicia.

 

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920350
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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