Nación

Gobierno francés beneficiará a panameños con becas


El gobierno de Francia concederá becas a panameños a través de su embajada en este país, según convenio firmado ayer con el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos (IFARHU).
El convenio tiene el objetivo de fortalecer los lazos de cooperación entre ambos gobiernos.
El acuerdo firmado por el embajador francés, Patrick Boursin; la delegada de las Alianzas Francesas, Corinne Espinoza, y Rosadela de Quintero, directora encargada del IFARHU, permitirá desarrollar programas de becas a estudiantes e investigadores deseosos de continuar estudios o perfeccionar los alcanzados.
Mediante este pacto se otorgarán dos becas anuales de pasantías a estudiantes franceses que cursen estudios en universidades públicas panameñas.
De igual forma el gobierno de Francia, a través de la embajada en nuestro país, concederá becas a panameños para la cooperación educativa y lingüística, cooperación científica universitaria, de investigación, desarrollo y cooperación técnica.
El programa de becas apoyará a los participantes o estudiantes de Panamá y Francia económicamente, bajo los reglamentos que el convenio establezca.
El jurista consideró que, a pesar de que se ha venido hablando de la necesidad de modificar la Constitución, en materia de seguridad jurídica no están dadas las condiciones para la adopción de una nueva Carta Magna, pues esto podría afectar las inversiones lo que no le conviene al país.

Por su parte el doctor Gabriel Sosa, de la firma Castro&Robles, efectúo algunos cuestionamientos sobre el tema. Según Sosa, empresas poderosas que operan en el país quieren utilizar la figura de la seguridad jurídica en perjuicio del interés público que realmente es el motivo para la realización de contratos leyes.
Sosa consideró que los contratos leyes son contratos entre el Estado y la compañía que le dan privilegios y obligaciones a las compañías.
En tanto, la seguridad jurídica es la uniformidad en competencia para empresas en el mismo rubro o sector y el interés público es la protección del bienestar social.
Explicó que la única razón por la cual un país modifica su régimen legal para atraer inversión extranjera es promover el desarrollo, inversión, obras de infraestructura, capitalización y empleo de sus nacionales.
Sin embargo, "existen algunas situaciones en donde el costo social de mantener la inversión extranjera pareciera ser o es, mayor que el beneficio que obtiene el país manteniendo al inversionista", dijo.
Destacó que una vez ese costo de mantener al inversionistas sobrepasa el beneficio social de la inversión, entonces debe considerarse un "mal negocio" para el país y debe corregirse.

Sosa argumentó que los contratos con las trasnacionales que operan en Panamá no pueden ser modificados unilateralmente por el Estado ni siquiera dictando normas legales posteriores al contrato.
Aunque el Estado posee mecanismos para monitorear, supervisar, auditar y exigir el cumplimiento cabal del contrato ley por parte del inversionista, dijo.
Panamá abrió las puertas a las inversiones extranjeras mediante una serie de privatizaciones y modificaciones durante la administración del expresidente Ernesto Pérez Balladares.
En la actualidad, el gobierno intenta atraer inversiones que a su vez generen otras inversiones que contribuyan a la economía del país.
Por ejemplo, mencionó el caso de Manzanillo International Terminal donde antes la carga que venía hacia Panamá era sólo para la Zona Libre. Pero hoy el 80% de los contenedores que mueven son contenedores de transbordo, o sea son desembarcados en Panamá para después ser transportados a otros destinos portuarios, por lo que se ha creado una economía nueva con el recibo de mercancías.
Sin embargo, el jurista cuestionó que el caso de Panama Ports Company (PPC) no justifica el interés social porque se ha eximido a PPC de darle 23 millones de dólares al Estado anualmente.
8A la vez señaló que esta acción trastoca la seguridad jurídica de otras compañías en el mismo rubro como Manzanillo International Terminal, indicó.
Según Sosa, PPC solicitó la modificación de su contrato ley para obtener mayores beneficios. “El Estado accedió y perdió una suma de casi mil millones de dólares en 45 años, toda vez que este contrato exigía pagar al Estado 28 millones de dólares anuales”, destacó.
"Con la modificación PPC debe pagar $6.00 por contenedor al Estado y se calcula que para el 2003 moverían unos 500 mil contenedores, es decir, el Estado recibirá 3 millones de dólares" señaló.

 
En el caso de las eléctricas, dijo que éstas fueron creadas por otra vía y no por contrato ley mediante la aprobación de la venta del 51% de las acciones, las cuales a través de una subasta donde las empresas se comprometen a pagar $211 millones por el 51% de las acciones.
Posteriormente, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) hace un contrato de concesión a 15 años con la empresa ganadora para la distribución de energía eléctrica.
Sin embargo, según el jurista a los 14 años, un año antes que culmine la concesión, ese 51% de acciones volverá a ser objeto de otra subasta en la cual si la empresa actual ofrece la mayor cantidad mantiene su concesión en el mercado de lo contrario, se le devuelve la suma de la compra de las acciones y se hace un contrato con la nueva empresa por un período de 15 años.
De manera que el sector de las empresas de distribución eléctrica entra en otra categoría de empresa privada al vendérseles el 51% de las acciones mediante una concesión dada por el ERSP, sostuvo Sosa. En este caso consideró que el ERSP debe actuar y no permitir que estas empresas tengan un mayor ingreso neto que una empresa en competencia.
Aseguró que, bajo este régimen, las tarifas pueden ser cambiadas acorde al interés social mediante el ERSP con parámetros fijos y claros y sin que afecte la seguridad jurídica.

Por su parte, abogados representantes de algunas de las empresas presentaron sus puntos de vista sobre los contratos ley firmados con el Estado.
Simón Tejeira, de la firma Morgan&Morgan, representante legal de la empresa Panama Ports, manifestó que la seguridad jurídica de los contratos radica en que los contratos son ley entre las partes y algunas disposiciones protegen esta concepción.
A juicio del jurista, los contratos leyes responden a que, en un momento determinado, la Asamblea Legislativa no quería desprenderse de la facultad de representar al Estado en aquellos casos donde era parte de un contrato, pero no por razones de seguridad jurídica sino por la necesidad de un Ente.
Incluso, explicó que, en todos los casos, esos contratos contienen disposiciones que pasan por encima de las leyes vigentes.
"Entonces, por eso se utiliza el mecanismo de la ley y no un acuerdo contractual, porque una ley no puede ser revocada, modificada o alterada", señaló Tejeira.
Adicionalmente el contrato no se celebra con la Asamblea Legislativa sino con la institución o ministerio regente del tema en cuestión.
En tanto, Javier Marrero, director administrativo, financiero y comercial de la empresa de generación eléctrica Bahía Las Minas, sostuvo que desde que se creó la Ley 6 que rige al sector eléctrico se establecieron las reglas y el inversionista, en base a esas reglas del juego, la empresa tomó la decisión de invertir en el país.
Marrero manifestó que uno de los dilemas que produce cierta inseguridad jurídica en las empresas es que el ERSP emite resoluciones a un ritmo promedio de 3 por día y ya suman miles. "Estas resoluciones hablan de absolutamente todo y en muchas ocasiones se contradicen unas a otras, creando fluctuaciones en el marco regulatorio", advirtió el director.
Las inversiones en el sector eléctrico al concretarse las privatizaciones sumaron los 600 millones de dólares.
Marrero aseguró que éstas se hicieron en base a un marco que está en permanente fluctuación.
El director administrativo de Bahía Las Minas subrayó que ellos son los primeros en exigir que las normas que se establecieron se cumplan, pero no que se cambien.
También participaron en el foro los abogados Juan Ramón Vallarino padre y Juan Ramón Vallarino Jr. que subrayaron que los contratos leyes empezaron en 1916 y se han presentado a lo largo de la república.
El Foro fue presidido por el licenciado Carlos A. Vásquez, presidente del Colegio Nacional de Abogados, y en la mesa de honor estuvieron presentes el director y subdirector del diario El Panamá América, Octavio Amat y Mario Castro Arenas, respectivamente.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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