Nación

Gómez se opone a la nueva pena contra los que cierren calles


Como "articulitos que otra vez irrumpen la elaboración sistémica del Código Penal", calificó  Ana Matilde Gómez, procuradora general de la Nación separada, el reciente estatuto que penaliza hasta con dos años de cárcel a quienes cierren calles.

Gómez sostuvo en Debate Abierto Dominical que no está de acuerdo con esa medida, considerándola innecesaria.  Puesto que en la Constitución existe el artículo 38, que contempla la libertad de manifestación, donde se señala que "las libertades no se penalizan y si hay un exceso de su uso, entonces se reglamenta". 

Según la procuradora separada, no era menester tocar el Código Penal, tomando en cuenta que para el año 2008 entró a regir un reglamento modificado de manera integral, "precisamente para evitar parches".

 

Ana Matilde Gómez mencionó que "no se puede estar echando para adelante y para atrás, aprobando cosas que desconocemos.  Tenemos una Constitución que no leemos y no aplicamos".

El parecer de la ex jefa del Ministerio Público se mantuvo apegado a lo contenido en la Carta Magna, precisando que esta materia es regulada en el Código Administrativo, llamada orden público.   Apeló a que ningún disidente del gobierno en turno está actuando con dolo cuando se produce alguna acción delictiva; por lo que no se puede partir de la premisa de que el manifestante va a causar un delito".

De acuerdo a dicho por Gómez si lo que se busca es tutelar el derecho al libre tránsito (consagrado en el artículo constitucional 27), hay que esclarecer quién sería la autoridad debería tomar los controles.

 

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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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