La Corte Suprema de Justicia declaró ilegal el arresto del coronel del Cuerpo de Bomberos de la provincia de Veraguas, Carlos Herrera Aguila, investigado por la supuesta comisión de delitos contra la administración pública.
La fiscal Primera Anticorrupción, Cecilia López, ordenó el arresto de Herrera Aguila, tras establecer que comprobó una serie de adquisiciones de bienes para el Cuerpo de Bomberos a través de empresas relacionadas con su persona.
Una auditoría realizada por la Contraloría reveló que Herrera Aguila adquirió bebidas alcohólicas para brindis y aniversarios de esa institución en empresas en donde el investigado tenía algún grado de participación.
No obstante, los magistrados señalaron que en la investigación no se pudo establecer que el funcionario intentara sustraer los fondos del Cuerpo de Bomberos de Veraguas, para utilizarlos en su beneficio.
También señalan que el audito de la Contraloría no señala la existencia de un delito, y que sólo se refiere a fallas administrativas e incumplimiento de la Ley No. 56 de 27 de febrero de 1995, que regula el procedimiento de compras en el sector público.
En su pronunciamiento los magistrados señalan que en estos casos, donde el servidor público supuestamente benefició a sus parientes cercanos, sin que se cumplieran las disposiciones de la ley de contrataciones públicas, la pena correspondiente no supera a los dos años de prisión y, por ende, este delito no amerita detención preventiva.
Dentro del informe de auditoría también se acreditó la declaración del supervisor de la Contraloría, Milciades Mojica Batista, quien sostuvo bajo la gravedad del juramento que no hubo afectación patrimonial y que todos los gastos quedaron debidamente en la evaluación realizada.
Otro de los criterios utilizados para declarar la ilegalidad de la detención es el hecho que el investigado compareció a todas las diligencias a las que fue citado, por lo que no existen indicios de fuga o desatención al proceso de su parte.
Por otra parte, el Pleno de la Corte estableció que la fiscal desatendió el artículo 2129 del Código Judicial en donde se establece que a las personas de 65 años no se les aplicará la detención preventiva, salvo casos excepcionales.
Justamente su visita a Panamá pretendía llegar a Darién y Bocas del Toro, donde hay un grupo de representantes del Cuerpo de Paz. Su apretada agenda se lo impidió. Regresó pronto a Estados Unidos para participar de los actos solemnes por la muerte del ex presidente Ronald Reagan, sin embargo, prometió volver.