UN OPERATIVO para inspeccionar que los negocios que vendan productos pirotécnicos tengan los permisos correspondientes, realizó este fin de semana la Alcaldía de Panamá en 10 corregimientos capitalinos. Esto es para regular la venta indiscriminada a menores de edad, así como la utilización inadecuada de objetos detonantes como petardos, voladores y volcanes.
La inspección se desarrollará durante todo diciembre en las calles, semáforos y cruces, para evitar que se venda este producto ilegalmente.
El enunciado penaliza con uno a tres años de prisión y de 75 a 125 días multa a quienes cacen, pesquen o amenacen especies que tengan protección especial.
Para los que lo hacen con fines comerciales, la sanción aumentará.
Antes de talar o destruir árboles y arbustos habrá que contar con el permiso de las autoridades, como lo establece el artículo 401 de la legislación.
Las penas van desde los dos hasta cinco años, si se incurre en lo que ahora sería considerado delito.
Además, los funcionarios no escaparían a la norma.
Quienes conociendo la ley promuevan la aprobación o aprueben estudios de impacto ambiental dentro de una categoría menor a la real, irán a prisión de 20 40 a meses y serán inhabilitados para ejercer cargos públicos hasta por cinco años.
Lo anterior está descrito en el artículo 404 que aplicará la misma pena a servidores públicos que retarden, incorporen o faciliten información falsa en estudios de impacto ambiental.
La nueva ley sólo disminuirá penas a quienes incurran en delitos por razones de subsistencia o cuando se reponga la pérdida.