La sonada generosidad con la que el gobierno anterior cedió exorbitantes beneficios a la empresa Panama Ports Company (PPC) parece tener sus días contados.
Ayer, el doctor Alejandro Ferrer, ministro de Comercio e Industrias, volvió a poner el dedo en la llaga, al presentar ante la Corte Suprema de Justicia un documento que sustenta la ilegalidad de la equiparación fiscal de la que gozaba Panama Ports y la cual le costaba al Estado más de B/.50 millones anuales.
Entre los documentos, a los que tuvo acceso El Panamá América, queda en entredicho la conducta del Ministerio de Comercio e Industria, pues de acuerdo al informe la pasada administración no incluyó ni consideró elementos de juicio importantes para otorgar la exoneración a la compañía.
Esto ahora tendrá un precio, pues Ferrer también solicitó la ampliación del informe de conducta realizado el 20 de agosto de 2002.
La ilegalidad de las exoneraciones fueron sustentadas en un escrito de 12 páginas antes de que se emitiera una decisión de fondo sobre esta causa para anular la resolución proferida por el MICI.
Según el informe presentado ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, la resolución debe ser anulada porque Panama Ports, al participar en la licitación de los puertos de Balboa y Cristóbal, conocía que la adjudicación de la concesión para operar dichos puertos se haría al participante que hiciese la propuesta que significase mayor ingreso para el Estado.
Por tanto, explica que la posterior eliminación del canon de arrendamiento que ofreció pagar Panama Ports, principal consideración para la adjudicación de la concesión a su favor, no sólo no reviste rigor jurídico, sino que carece de toda lógica y fundamento legal.
Ello porque la licitación se hubiera tornado en un proceso ilusorio sin ninguna finalidad jurídica, que no cumpliría en absoluto la función competitiva de una licitación.
Luego de extensas investigaciones, la actual administración constata que esta acción no contó con la aprobación del Consejo Económico Nacional, de la Contraloría de la República y del Ministerio de Economía como lo manda la Ley.
"Lo fundamental es anotar que ello no guarda relación con una equiparación automática que no procedía" indica Ferrer.
Bajo estas consideraciones, la Resolución (de equiparación) No. 14 de 13 de mayo de 2002 viola múltiples disposiciones legales que expresamente requieren de la aprobación de otras entidades para eximir de erogaciones debidas y consideradas dentro de las finanzas públicas.
Ante la situación, el ministro solicitó la emisión de un fallo con "urgencia notoria", considerando que respetará y acatará el fallo que dicte la Corte.
La Resolución 14 fue demandada, por ilegal, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte y el proceso en cuestión se encuentra, en estos momentos, pendiente de decisión por dicho tribunal.
Irregularidades en equiparación a PPC
El Gobierno anterior obvió importantes puntos que ponían en entredicho esta medida.