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Justicia comunitaria comenzará a funcionar en 2017 en la capital

Contrario a lo acontecido con el Sistema Penal Acusatorio (SPA), la nueva justicia comunitaria de paz comenzará a funciona...

En las diligencias en las que se requiera su intervención, la policía deberá acatar y ejecutar las órdenes del juez de paz.  Edwin González
En las diligencias en las que se requiera su intervención, la policía deberá acatar y ejecutar las órdenes del juez de paz. Edwin González

Contrario a lo acontecido con el Sistema Penal Acusatorio (SPA), la nueva justicia comunitaria de paz comenzará a funcionar en el primer distrito judicial en un año, mientras que en el resto del territorio nacional, a partir de junio de 2018.

La Ley 16, promulgada el pasado viernes en Gaceta Oficial, instituye la justicia comunitaria y dicta disposiciones sobre mediación y conciliación.

La tradicional figura del corregidor y el juez nocturno, conocida como la justicia administrativa, es eliminada para dar paso a un complejo sistema que estará a cargo de varias estructuras creadas y en las que la figura del alcalde será esencial para su desempeño.

 

Al Municipio de Panamá, por ejemplo, le será transferido el actual juzgado nocturno de policía del distrito capital del Ministerio de Gobierno.

A partir de la entrada en vigencia de la ley, en todas las disposiciones legales que se mencione la figura del corregidor o el juez nocturno se deberá entender que ahora serán jueces de paz.

Y la tarea para formarlos estará a cargo de la Procuraduría General de la Administración, institución que en los próximos 12 meses, certificará la inducción de los postulados para la posición, capacitaciones que deberá programar y organizar.

 

Estos jueces de paz funcionarán dentro de lo que se conoce como casas de justicia comunitaria, la cual funcionará en cada corregimiento.

Sin embargo, el alcalde podrá crear más de una por circunscripción, dependiendo del nivel de conflictividad, cantidad de habitantes, presupuesto municipal y la realidad social del área.

Requisitos

Siempre fue cuestionado el perfil de los corregidores, así como su formación profesional.

 

Ahora, la norma establece que estos jueces de paz deberán ser abogados en los municipios urbanos, mientras que en los semiurbanos y rurales solo necesitará haber culminado la educación media.

Deberá contar con 30 o más años de edad y residir en el corregimiento, durante los dos años anteriores a su postulación.

No debe haber sido condenado por violencia doméstica o delito doloso en los 10 años anteriores a su designación.

 

A su vez, no debe tener parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el gobernador, alcalde o representante, así como no podrá estar inscrito en partidos políticos.

Competencia

El juez de paz tendrá que ver las riñas o peleas en su comunidad, ruidos, quemas de basura y daños causados por animales en soltura o domésticos.

También tratará sobre las agresiones verbales y físicas en vecinos de su jurisdicción que no pasen los 30 días de incapacidad, realización de fiestas sin los permisos municipales y casos de hurtos, cuyo valor no exceda los 1,000 dólares y que la acción no sea tipificada como un delito agravado por la legislación pertinente.



Los jueces de paz conocerán de los procesos de pensión alimenticia, y quienes incumplan sus decisiones serán sancionados con penas de seis meses a dos años de prisión, o su equivalente en días multa.

También podrán sancionar hasta con multas de 500 dólares al que arroje basura en áreas no habilitadas, al que raye paredes o edificios públicos y privados, así como el que disponga en lugares públicos excretas humanas o de animales.

Los jueces de paz también tendrán facultad de decidir sobre conflictos surgidos en propiedades horizontales, así como establecer medidas de protección a las víctimas de violencia intrafamiliar y de alejamiento hacia la parte agresora.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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