El Segundo Tribunal Superior de Justicia reemplazó la multa de B/.1,500 que el Juzgado Cuarto del Circuito Penal impuso a dos sujetos que intentaron perpetrar un secuestro, por una pena de 3 años de prisión, según destacó un informe del Ministerio Público.
La fiscal octava, Argentina Barrera, se mostró inconforme con el fallo del Juzgado Cuarto del Circuito Penal, en el cual conmutó la sentencia de 3 años de cárcel impuesta a Alexis Martín Alvarado Vega y Raul NG Alvarado por una multa individual de B/. 1,500 y apeló la misma ante el Segundo Tribunal Superior de Justicia.
De acuerdo con la investigación criminal, el 21 de abril de 1994 Alvarado Vega y NG Alvarado intentaron secuestrar a Carlos Boyd Sevilla en el edificio Pacific Garden, ubicado en Vía Porras. El delito no pudo consumarse, debido a la intervención de la Policía Nacional, la cual protagonizó un intercambio de disparos con los criminales.
Durante el incidente resultó herido Boyd Sevilla y el policía Gilberto Chacón, mientras que el venezolano José Alvarez Medina, quien formaba parte de la banda de secuestradores, murió. Alvarado Vega y NG Alvarado lograron escapar.
La fiscal Barrera expuso en su escrito de apelación que era más viable mantener la pena de prisión, en atención a la gravedad del delito de secuestro y debido a que los condenados no mostraron arrepentimiento. Según el informe de la Procuraduría General de la Nación, el Segundo Tribunal Superior de Justicia compartió la tesis de la fiscalía y revocó el beneficio de la multa otorgada por el Juzgado Cuarto.
Cabe señalar que en el fallo del Segundo Tribunal se llama la atención al Juzgado Cuarto para que haga adecuado uso de la facultad de "discrecionalidad" que debe imperar cuando reemplace una condena de cárcel por multas, en casos de secuestro.