La Corte Suprema de Justicia rechazó una apelación presentada por el contralor Alvin Weeden para que se mantuvieran las medidas cautelares contra la empresa Ports Engeenerin & Consultans Corp. (PECC).
Según el fallo, no le asiste la razón al contralor Weeden en atacar la decisión asumida por los magistrados.
Explica que el argumento esgrimido por el jefe de las finanzas públicas, en cuanto a que el ponente del proceso de amparo no tendría competencia para dictar la resolución por la cual se levantaron las medidas cautelares a PECC, carece de sentido.
Señala que Weeden malinterpreta la ley cuando es claro que compete al Pleno de la Corte resolver el amparo de garantías constitucionales presentado por los abogados de PECC, pero que el magistrado sustanciador del proceso tiene la facultad de decidir si levanta o no las medidas cautelares aplicadas por la Contraloría.
También indica que el amparo de garantías constitucionales está sometido a disposiciones especiales.
Precisa que en este caso una de esa normas prohíbe la impugnación de las resoluciones o providencias que dicte el tribunal de amparo dentro de las sumarias.
Weeden presentó la apelación contra la decisión del magistrado César Pereira Burgos de levantar las medidas cautelares aplicadas a PECC.
La empresa en cuestión reanudó sus operaciones en mayo pasado, pero sus abogados han señalado que ésta perdió parte de sus equipos y sufrió pérdidas económicas importantes.
El contralor mantuvo una agria polémica pública con el expresidente Ernesto Pérez Balladares y los exadministradores de la Autoridad Portuaria Nacional, Hugo Torrijos y Rubén Reyna, a quienes acusó de ser socios de PECC y de recibir importantes ganancias.
El contralor, a través de la Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP), congeló B/.6 millones a Pérez Balladares, suma que supuestamente el exgobernante había recibido como ganancia de PECC.
No obstante, los abogados de Pérez Balladares lograron en la Corte Suprema de Justicia descongelar estos fondos.