- 10 abogados de renombre conforman el equipo legal del expresidente Ricardo Martinelli.
Cinco errores considerados como claras violaciones a la ley presentaron ayer los abogados del exmandatario Ricardo Martinelli al magistrado de garantías de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en referencia al proceso que se le sigue al exjefe del Ejecutivo.
Mediante una misiva y posterior audiencia oral en la CSJ, ante el magistrado Jerónimo Mejía, Rogelio Cruz, acompañado de otros nueve juristas, sustentó lo que ellos denominan “violaciones al debido proceso y derecho de defensa” en los que ha incurrido la máxima corporación de justicia.
En su argumento, la defensa de Martinelli alega que existe violación del artículo 488 del Código Procesal Penal, que requiere entre otros elementos, “la prueba idónea del hecho punible imputado”.
Dicho de otro modo, Cruz señala que la CSJ ha negado serias denuncias contra diputados por supuesta corrupción y, en esos casos, esta no ha admitido dichas querellas.
“No nos explicamos cómo es que la Corte ha negado la admisión de la denuncia realizada por el abogado Ernesto Cedeño contra 34 diputados de la Asamblea Nacional por falta de pruebas idóneas y en el caso del actual diputado (del Parlacen) Ricardo Martinelli, sí acoge una investigación cuando evidentemente no existe una prueba idónea”, relató el jurista.
Pero la transgresión al Código Penal, adjudicada a la Corte por los abogados del político y empresario, también abarca faltas al artículo 481 del mismo código.
En este sentido, Cruz explicó que el recurso de reconsideración que interpusieron contra la solicitud del levantamiento del fuero penal de Martinelli debió resolverse por medio de una audiencia oral, pero la Corte lo hizo, literalmente, a su antojo.
“Hicimos una advertencia de inconstitucionalidad, pedimos audiencia para que se resuelvan estas acciones y la Corte, violando el Código Procesal Penal, resuelve por escrito, no en audiencia pública”, sostuvo la fuente.
Solicitud es ilegal
El fuero penal que cubre a Ricardo Martinelli se debe a su condición como presidente del Partido Cambio Democrático.
Por ello, la Corte Suprema de Justicia debió solicitarle al Tribunal Electoral (TE) el levantamiento de este escudo jurídico que protege al exmandatario.
Pero según el Código Electoral, una vez cumplido este paso, el Tribunal Electoral debió llevar personalmente la notificación de la medida a la parte afectada, según mencionó la defensa legal de Martinelli.
Empero, los funcionarios encargados de entregarla en las manos de Martinelli la hicieron llegar a la oficina privada de Cruz, principal litigante en esta causa.
Por esto, Cruz advirtió de inmediato que esa misiva era ilegítima y debía anularse de oficio por el hecho de violar el Código Electoral.
“Les advertí que de acuerdo con la ley electoral, quien debe ser notificada personalmente es la parte afectada, en este caso, el señor Ricardo Martinelli Berrocal. Se trata de una notificación nula por no ceñirse a lo que establece la ley”, expresó el exprocurador.
El penalista se refiere al artículo 12 del decreto reglamentario N.°19 del Tribunal Electoral, de 10 de diciembre de 2013, que se refiere a cómo tienen que hacerse estas diligencias judiciales.
“Recibida la solicitud en la Secretaría General, se le notificará personalmente a la parte afectada, de conformidad a las normas del Código Electoral, y se correrá traslado al aforado por el término de dos (2) días hábiles para que el mismo presente las consideraciones que estime pertinentes”, se plasma en el decreto.
Cifras
- 49 días han pasado desde que la Corte Suprema de Justicia decidió investigar a Martinelli.
- 23 tomos conforman el expediente de las denuncias contra el exmandatario.