Nación

Ley 16 tiene "palabras al viento", Véliz


La disconformidad tiene varias aristas.
Eduardo Véliz, presidente de la Asociación de Entidades Prendarias, quien participó de manera beligerante en la discusión de la Ley 16 en la Asamblea de Diputados, recordó que se cuestionó recibir prendas u objetos, sin antes comprobar la propiedad de quien empeña.
Pero para él, la normativa tiene "palabras al viento". Por ejemplo, "¿Cuántas personas podrían obtener un certificado de compras de un artículo por otros medios?, además, pasada la garantía del artículo, preguntemos ¿Cuántas personas se toman el trabajo de guardar recibos o certificados de propiedad?".
Entre tanto, Ian Carlo Rovira Rangel, asesor legal de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio (MICI), comprende de que se trata de una legislación joven (23 de mayo de 2005), que apenas está en una etapa de ajustes y divulgación, pero no así todo propietario de casa de empeño tiene la obligación de cumplir con la norma, de lo contrario sería sancionado y hasta se le cancelaría su licencia comercial, dijo.
Y mientras las partes involucradas están a la espera de la reglamentación de la ley, Vélez lamenta de que no haya controles enérgicos contra "los prestamistas", sujetos que abiertamente prestan dinero al 15 por ciento de intereses sin poseer licencias ni pagar impuestos, "este sí es el negocio del siglo".
La Asociación de Entidades Prendarias en los últimos años han registrado una merma en sus actividades comerciales, que según su vocero está fundamentada en la falta de empleos, si no hay ingresos difícilmente se podría comprar prendas o artefactos para luego ir a la casa de empeños, opina.
Tiene claro de que la gente está empobrecida y su única alternativa es recurrir a las casas de empeños.
Hay casos de que los clientes empeñan sus libretas de ahorros navideños. Según Véliz, las casas de empeños están cumpliendo una función social que los bancos ni las financieras pueden desempeñar.
Entre tanto, Henry Acevedo, director nacional de Comercio y encargado de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), argumentó que apenas se reglamente la ley, ellos serán enérgicos en su proceso de fiscalización.
Empeñar bienes distintos a lo permitido en la Ley 16, no tener visible las tasas de interés aplicables que se cobren por los distintos tipo de empeños y no entregar al prestatario copia del contrato, así como manejar descuidadamente los archivos, que dificulten la inspección de sus operaciones, serán motivo de sanciones, son algunos puntos para establecer sanciones.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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