Nación

Ley de medicinas cumple su objetivo


La Ley No.1 del 2001 de medicamentos ha cumplido el objetivo para la cual fue creada: garantizar calidad y establecer topes de precios en las medicinas, señalaron funcionarios de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) y del Ministerio de Salud.
Desde la fecha de su aplicación en un mercado de 7,218 medicamentos se han presentado unas 333 solicitudes para ajustes de precios, de las cuales sólo 30 han sido negadas.
Estas solicitudes de incremento en los costos no son significativas si se toma en cuenta que se trata de 333 de un universo de 7,218 medicinas, de las cuales 244 fueron aprobadas, 30 negadas y 89 están en trámites, señaló el jefe del Departamento de Información de Precios y Mercados de la CLICAC, Víctor Herrera, quien negó que esta norma haya promovido el incremento de costos o la desaparición de productos en el mercado local.
"En lo que respecta a nosotros (CLICAC), la Ley ha dado buenos resultados en lo que es el tope de precios y eso se ha llevado a cabo sin mayores problemas", acotó.
Explicó que las personas se apersonan a efectuar sus solicitudes de ajuste de precios y la CLICAC las analiza y las aprueba sobre la base de la documentación presentada por el comerciante.
Detalló que los precios topes se fijan a los distribuidores y ellos tienen que vendérselos a las farmacias. Puntualizó que los precios en algunos productos obviamente tienen que subir, pero no necesariamente se acepta el incremento solicitado, ya que a veces es un porcentaje del mismo.
"Quiero quitar esa idea malsana de que los productos farmacológicos no deben aumentar de precios, si a los distribuidores se les aumenta el costo de transporte, transacción y administrativo lógicamente tiene que aumentar", afirmó.
A juicio de Herrera, el día que exista un listado genérico de productos bio-equivalentes terapéuticamente, tal vez se puedan hacer encuestas de los precios y determinar cuáles son más accesibles.
Planteó que el tema de la verificación posterior, realizar el listado de productos genéricos y la importación paralela bajo un mismo registro sanitario le daría un mayor dinamismo al mercado.
"Cuando un laboratorio invierte en un producto todo lo que usted invierte en desarrollo requiere costos y eso justifica que existan algunas patentes", sustentó.
Sin embargo, para Pedro Acosta de la Unión Nacional de Consumidores, la ley se vendió como que iba a bajar los medicamentos, pero no sirvió a esos postulados sólo a los de "precios topes".
"Puede salvar la situación es la medicina genérica donde el Estado a través del Ministerio de Salud y la CSS tienen que garantizar que haya accesibilidad a producto de calidad", añadió.
222 Aspectos como el almacenamiento, inscripción de materia prima y la rampa para su manejo, son los que posiblemente puedan se reformados en la ley.
Reiteró que las grandes empresas transnacionales dominan los medicamentos genéricos y de nombres, y siguen controlando el mercado. Reconoció que no muchos medicamentos han subido de precios, pero quizás la población la ha resentido porque son los más usados. "Los grandes distribuidores de medicamentos se han encargado de entorpecer la ley para que no funcione, porque quedó con lagunas por la resistencia que se dio durante su discusión", argumentó.
Al respecto la asesora legal del Ministerio de Salud, Lorena Cuevas, informó que la ley le ha proporcionado a la institución herramientas para poder controlar los productos, y captar las fallas de los mismos.
Sobre las adquisiciones públicas no se han dado muchos inconvenientes, pero sí hay un desfase con los establecimientos no farmacéuticos porque se han mostrado un poco renuentes a realizar sus inscripciones.
En cuanto a las críticas formuladas por la ausencia de la lista de productos genéricos, indicó que ésta sí existe y es responsabilidad de las autoridades recetar los medicamentos en base a sus genéricos.
Puntualizó que la comisión responsable aún no ha terminado la lista de productos bio-equivalentes o innovación terapéutica, pero, según la ley, se tienen dos años para concluirla, por lo que a más a tardar en enero del próximo año debe estar confeccionada.
Señaló que donde existen disconformidades por parte de los comerciantes es en la aplicación del Decreto No.178 de 12 de julio de 2001 que reglamentó la ley. En cuanto a las posibles reformas, precisó que aspectos como el almacenamiento de los productos, la rampa para su manejo, inscripción de materia prima son algunos aspectos donde se están analizando modificaciones con la Cámara de Comercio e Industrias y las autoridades de Salud.
El director del Instituto de Defensoría del Organo Judicial, Danilo Montenegro, explicó que ellos no brindan el servicio en los juzgados nocturnos por carencia de personal y debido a que esa dependencia atiende casos penales, de familia y menores. Montenegro manifestó que el instituto sólo cuenta con 40 abogados para atender todo el territorio nacional.
Danilo Montenegro señaló que los juzgados nocturnos son necesarios, aunque aclaró que al frente de estos despachos se debe nombrar a personas que sean profesionales para garantizar que se cumpla con el debido proceso del acusado, que se respeten las garantías constitucionales y los derechos humanos.
La Ley 112 de 1974 establece que los jueces nocturnos deben poseer título universitario en Derecho, pero permite que funjan estudiantes que cursen el último año de la carrera.
Un juez nocturno tiene facultad para ordenar un arresto hasta por 365 días. En cada juzgado labora una secretaria judicial, dos escribientes, un oficial mayor, un recaudador y un policía.
Guillermo Benítez, del Centro de Asistencia Legal de la Universidad de Panamá indicó que la mayoría de los jueces son abogados, pero denunció que el resto de los funcionarios no tiene formación jurídica, lo que no permite el cumplimiento de los trámites legales como establece la ley.
Aunque los juzgados nocturnos se encuentran adscritos al Ministerio de Gobierno y Justicia, diversos sectores cuestionan que el Ejecutivo imparta justicia.
El departamento de Asesoría Legal de Gobierno y Justicia actúa como coordinador de los tres jueces nocturnos, pero tienen como tribunal superior al Municipio de Panamá, ente al cual pertenecieron hasta 1993, cuando se aprobó su incorporación al Ejecutivo.
222 Todos los recursos de apelaciones contra las sentencias de los jueces nocturnos y corregidores son ventiladas por una Comisión de Apelaciones y Consultas que funciona en el Municipio de Panamá.
Danilo Montenegro considera que los juzgados nocturnos deben ser incorporados al Organo Judicial, lo que a su juicio garantizaría el nombramiento de personal más idóneo y los cargos se someterían a concursos.
Por su parte, Guillermo Ríos, de la Defensoría del Pueblo, propone que los juzgados nocturnos pasen a la esfera de los municipios porque de esta manera podrían obtener mayores recursos para mejorar sus infraestructuras y programas de asistencia a las personas que allí acuden.
De acuerdo con Ríos, los juzgados nocturnos no tienen claramente establecido el ámbito de su jurisdicción, tomando en cuenta que pertenecen al Ejecutivo, dictan justicia y tienen como tribunal superior al municipio.
Mariano Nuñez aseguró que en esos despachos se cumple con el debido proceso y rechazó la tesis de que hay que eliminarlos. Manifestó que si se cierran los juzgados nocturnos se saturarían las corregidurías, lo que ocasionaría la interrupción de la justicia en horas nocturnas en Panamá.
Indicó que los juzgados municipales y las corregidurías tendrían más expedientes de los que actualmente ventilan y eso es peligroso para la administración de la justicia en el país.
De acuerdo con Núñez, en su caso particular se basa en lo que dicta el Código Administrativo. Argumentó que, cuando se hace necesario, ordena la práctica de pruebas a pesar de que los procesos administrativos de corrección son sumarios que en su mayoría se resuelven en audiencias.
Nuñez indicó que las condiciones de trabajo no son las mejores para los jueces y funcionarios, ya que carecen de la tecnología necesaria para atender rápidamente al público y llevar a cabo un trabajo de mayor satisfacción para la ciudadanía.
Los juzgados nocturnos nacieron casi con la república, pero pareciera que se quedaron con la tecnología que existía en esa época. Máquinas de escribir viejas, ausencia de teléfonos para los ciudadanos, filtraciones de agua, baños dañados, hacinamiento y calor sofocante es lo que se vive en los juzgados nocturnos de San Felipe y San Miguelito. Chatarras de máquinas de escribir se encuentran tiradas por doquier, y las que funcionan ya casi no teclean.
En el de San Miguelito el baño no funciona, no cuenta con una celda preventiva y el aire acondicionado sólo es para el despacho del juez. El hacinamiento ocasiona un calor sofocante y lo más grave es que todos los presentes escuchan los casos que se ventilan en el despacho.
En San Felipe las filtraciones de agua por las paredes ocurren cada vez que llueve. Las oficinas para guardar pruebas, armas y objetos decomisados no son las más apropiadas, por lo que éstos se deterioran rápidamente.
Llegar al juzgado de San Felipe es una trampa de muerte porque el sector es de una alta presencia de delincuentes. Hay dos policías, pero todos están dentro del juzgado.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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