La posibilidad de ofrecer el servicio telefónico residencial desde una frecuencia para teléfonos móviles sólo podrá concretarse a través de un Decreto Ejecutivo y la realización de una audiencia pública, aseguró el director nacional de Telecomunicaciones del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ESRP), Horacio Robles.
Las declaraciones de Robles surgen luego que el ESRP decidiera negar la autorización a la empresa BellSouth de Panamá, S.A., para utilizar el segmento de la Banda A, para prestar otros servicios de telecomunicaciones.
La compañía BellSouth había solicitado al ESRP que permitiera el uso de las frecuencias de la Banda A del servicio de telefonía móvil celular, para la prestación de los servicios de Telecomunicaciones Básica Local y de Terminales Públicos y Semi-públicos.
Señaló que el impedimento de la utilización de la frecuencia celular para usarlo como telefonía fija inalámbrica está establecido en el Decreto Ejecutivo 73, que es el reglamento de telecomunicaciones, el cual establece que las frecuencias sólo pueden ser usadas para el servicio concedido.
"Para permitir otro tipo de usos habría entonces que hacer una modificación en el decreto ejecutivo y hacer una audiencia pública para cambiar el plan nacional de atribución de frecuencias, es decir no hay que ir a la Asamblea Legislativa, para el cambio en esta legislación", enfatizó.
Indicó que los interesados tendrán que proponer modificaciones a la legislación existente, incluyendo la modificación del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias del Espectro Radioléctrico.
Sin embargo, sostuvo Robles, el ERSP revisará dicho plan para fijar posibles modificaciones, debido a que este tiene ya cinco años de estar vigente.