El magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jerónimo Mejía, estaría violando el Código Judicial y los cánones de ética judicial contemplados en él al ejercer el comercio a través de la representación legal de la firma forense Mejía & Asociados.
El artículo No. 46 del Código Penal prohíbe a los magistrados de la CSJ ejercer el comercio, al establecer que “los cargos del Órgano Judicial y el Ministerio Público son incompatibles… con el ejercicio del comercio y cualquier otro cargo retribuido”... “También son incompatibles con el ejercicio de cualquier otro cargo o actividad, aunque no sean retribuidos, que interfieran o sean contrarios con los intereses públicos confiados al cargo judicial o del Ministerio Público”.
Sin embargo, según una Certificación de Persona Jurídica emitida por el Registro Público, el 13 de enero de 2015, el magistrado Mejía, aún mantiene la representación legal de la firma forense Mejía & Asociados.
Lo anterior se constituye en una actividad incompatible con su condición de prominente miembro del Órgano Judicial, como magistrado de la Sala Segunda, además de una falta a la ética judicial, por lo tanto el estaría violando el Código Judicial, lo que sería suficiente elemento de juicio para que se inicie un proceso contra él en la Asamblea Nacional de Diputados.