Un nuevo elemento surge ante la opinión pública que declara la nulidad de los procesos que se le siguen al expresidente de la República Ricardo Martinelli.
Se trata de dos advertencias de inconstitucionalidad presentadas por los abogados Dimas Guevara y Luis Eduardo Camacho, por considerar que el pleno de la Corte Suprema de Justicia no está facultado por la Constitución a realizar funciones de investigar.
Por consiguiente, según los juristas en su advertencia, consideran que es inconstitucional la figura de nombrar a un magistrado fiscal para investigar al expresidente Martinelli.
A juicio de Camacho, la acción de la Corte fundamentada en el artículo 489 de la Ley 63 contradice la Constitución en materia de la separación de funciones que debe tener el Órgano Judicial y el Ministerio Público, este último facultado exclusivamente por la Carta Magna para realizar investigaciones.