El lunes 18 de agosto fue habilitado como fecha de plazo para el pago y presentación de las obligaciones tributarias de los contribuyentes con domicilio en el Distrito de Panamá.
La Dirección General de Ingresos dispuso que se acepte en esta fecha la presentación de declaraciones tributarias y el pago de impuestos y tributos administrativos sin recargos, multas e intereses.
Esta excepción se hace debido a la celebración de la fundación del distrito capital, fecha que coincidió con el vencimiento para las obligaciones citadas.