Nación

Medidas para docentes que cumplirán 75 años


Una serie de medidas con docentes que están próximos a cumplir los 75 años en el transcurso del primer semestre 2006, anunció el Consejo Académico de la Universidad de Panamá.
"Si el profesor cumple los 75 años antes de la mitad del semestre, no se le otorgará carga docente", aclararon miembros de este órgano universitario.
Recientemente se aprobó que a los pedagógicos que "sobrepasan la mitad del semestre, se les dará oportunidad de terminarlo y que entreguen sus notas".
Mientras que resolvieron que aquellos que no se le otorgue carga docente, se les podrá "asignar trabajos de graduación, seminarios de postgrado, conferencias, trabajo administrativo, de producción, extensión y tutorías, y al momento de cumplirlos, se le aplicará la Ley".
La Ley 61 de 1998 modificada por la Ley 70 de 2001 ordena que los servidores públicos "que tengan 75 años de edad, deberán retirarse definitivamente del servicio público y acogerse a la pensión de vejez a que tengan derecho por parte de la Caja de Seguro Social".
La aplicación de la Ley 61 a los profesores de la Universidad de Panamá constituye un asunto de carácter administrativo, según se explicó en un comunicado del Consejo Académico de la Universidad de Panamá.


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227103
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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