Nación

MEDUC devuelve cheques a docentes


Unos mil 918 cheques a nivel nacional han sido devueltos a docentes que no cumplen con los requisitos para acogerse al Plan de Retiro Anticipado Autofinanciable (PRAA), informó Napoleón Ku, director nacional de Recursos Humanos del Ministerio de Educación (MEDUC).
En la primera quincena del pasado mes de junio se realizó también los respectivos descuentos a un total de 238 docentes que ingresaron al PRAA, luego de verificar si los mismos cumplían con las reglas establecidas y no como en años anteriores cuando las retenciones se efectuaban de manera masiva.
Una de las acciones relevantes que ha ejecutado la institución a partir de 2001, es la modificación en los procedimientos del programa que favorece a los educadores panameños que se acogen a este plan de retiro, manifestó Ku.
222El mes pasado ingresaron al Plan de Retiro Anticipado Autofinanciable (PRAA) un total de 238 educadores, quienes cumplían con los requisitos.
Entre los requisitos indispensables para acogerse a la Ley 54 que crea este plan de retiro, se encuentra el que las mujeres deberán haber ingresado al sistema educativo, desde los 18 años y a más tardar a la edad de 27 años, mientras que los hombres a partir de los 18 años y la edad límite a los 32 años, aclaró el funcionario. Otra de las normas exige a las mujeres haber cumplido 52 años y 6 meses de edad, y los hombres 56 años, para poder gozar por 5 años del 85% de sus respectivos salarios.
Este plan de retiro concede a los educadores una pensión temporal desde que el docente cumple con las normas exigidas en el artículo 4 de la Ley 54, hasta que alcance la edad mínima legal para tener derecho a la pensión de vejez por parte de la Caja de Seguro Social (CSS).
De acuerdo con la ley, el educador o educadora deberá completar 28 años de servicio ó 336 meses laborados, indistintamente en el Ministerio de Educación e Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE), o en ambas.
El PRAA, que fue creado mediante la Ley No. 54 de 27 de diciembre de 2000 y posteriormente reglamentado por el Decreto Ejecutivo 38 del 20 de marzo de 2001, surgió como una alternativa para brindar al gremio la opción de una pensión puente que le permitirá retirarse del servicio activo, una vez cumpla con los requisitos señalados por esta ley.


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127116
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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