Nación

Menores en la mira de autoridades

La estadística de delitos cometidos por menores de edad lo encabezan los robos, homicidios y posesión de armas.


Gilberto Soto (gilberto.soto@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Ley 32 de junio de 2010

  • Artículo 7-A divide en dos grupos a los menores infractores para su proceso, sanción y ejecución de penas.
  • Artículo 8: La persona menor de edad que no haya cumplido los 12 años no es responsable penalmente por las infracciones a la ley penal en las que haya incurrido, en los términos que establece la presente ley.

La cifra de menores de edad involucrados en actos delictivos es de 166 niños y adolescentes, de la cual unos son investigados por el sistema judicial y otros ya han sido condenados por delitos de homicidio, robo y posesión ilícita de armas, como los casos más sobresalientes.

La información que dio a conocer el Sistema Integrado de Estadísticas Criminales (SIEC) revela que de ese total, 114 se mantienen en el Centro de Custodia en Tocumen, y 52 están sentenciados y cumplen su condena en el Centro de Cumplimiento en Pacora.

Grupos de la sociedad civil coinciden en que la estadística es el reflejo del fracaso en las medidas preventivas. “Las políticas de Estado en materia de prevención para llegar a este sector vulnerable de la sociedad no es el correcto”, puntualizó Rafael Zevallos, del Movimiento en Pro de la Seguridad Ciudadana.

En la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENIAF), le suman un factor que influye en el problema, y es la necesidad de que la Ley 40 vuelva a su estado original.

“Mientras la Ley 32 de 2010, que hizo modificaciones a la Ley 40 de 1999 sobre el régimen especial de responsabilidad penal para la adolescencia, permanezca tal y como está, es posible que el número de jóvenes infractores se incremente”, es la conclusión que ofrece Salia Salazar, especialista en inadaptados sociales infractores del SENIAF.

La especialista mencionó que dicha modificación, lejos de castigar el delito en menores de edad, como se propuso en su momento, deja un vacío en el castigo para los imputados en niños de 12 a 14 años.

Salazar se basa en que el Artículo 3 de la ley vigente establece que para este grupo de menores infractores, el juez de niñez solo podrá fijar medidas reeducativas sin que necesariamente sean vinculantes mientras permanezca en ese rango de edad. “La ley no establece obligatoriedad. Además, el rango de edad en el que más se cometen los delitos es justamente a los 14 años, cuando todavía los ampara la ley”, puntualizó.

Explicó que, aunque es potestad del Seniaf dar seguimiento a este grupo de menores que cometen delitos, la entidad tiene limitaciones en cuanto al cumplimiento de las sanciones cuando el juez así lo define.

Anticipó que estudian la posibilidad de que las instituciones involucradas soliciten la modificación a la ley vigente para que se restablezca la edad de castigo desde los 14 años.

En este punto coincide el viceministro de Seguridad Pública, Alejandro Garuz, quien adelantó que se evalúa la solicitud ciudadana de aumentar las penas a los menores que cometen delitos.


fecha edicion
old id
830735
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América