Nación

Ministerio Público define protocolo para atención a víctimas y testigos

La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, junto al Ministerio Público de Panamá, tiene el Proyecto PANT37 con el cual queda establecido un protocolo único y humanizado para la atención, asistencia y protección a las víctimas y testigos en diversos procesos penales.


La Unidades de protección a víctimas, testigos, peritos y demás intervinientes en el proceso penal (UPAVIT), ya cuenta con un “Protocolo de actuación de la Unidad de protección a víctimas, testigos, peritos y demás intervinientes en el proceso penal”, lo cual se traduce en una ganancia en materia de Derechos Humanos en Panamá,  puesto que se se delimita la forma en que debe actuar  los funcionarios que atienden las UPAVIT a nivel nacional. 

 

Así lo confirma un informe emitido por la Procuraduría General de la Nación (PGN) con el aval de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).

 
 

El informe resalta que se establece “un solo formulario de requerimiento de actuación” a la UPAVIT, generando un solo modelo de informe por área de trabajo, y determinando también un solo modelo de informe estadístico que debe ser enviado por las UPAVIT locales a las oficina regional de las Naciones Unidas que se ocupa de este tema.

 

 
La creación de este protocolo por parte del  Ministerio Público surge como una respuesta a las conclusiones y recomendaciones que se habían dado para Panamá en el  Diagnóstico2 de la Secretaría de protección a víctimas, testigos, peritos y demás intervinientes en el proceso penal (SEPROVIT), en marzo de 2014.

 

Proceso 

 
El proceso de denuncia quedó establecido así...

 

La persona víctima o testigo se apersona a las dependencias del Ministerio Público y su primer contacto es con personal de Atención Ciudadana (311). 

 
 

Ese personal deberá escuchar a la persona sobre el motivo de su visita al Ministerio Público y, si el motivo se enmarca en el ámbito de trabajo del Ministerio Público, sin solicitar mayor información, deberá indicarle al usuario que se dirija a Recepción de Denuncias (en esta primera fase se solicitan solo datos personales y el motivo de la visita).

 

Un aspecto fundamental que quedó delimitado en la atención es que, “ante todo, el 'usuario'  que llega a la UPAVIT, es una persona, que independientemente de su estado, formación, edad, raza, género o cualquier otra característica personal, merece respeto”. 

 

En este sentido -continúa detallando el protocolo- “se debe garantizar un trato digno, cordial y amable, de modo que el 'usuario' sienta que la Unidad es un lugar confiable y seguro”.

 

Finalmente, es necesario crear este clima, el cual debe ser reforzado por todo el personal de la Unidad, y en todo momento. 

 

El  protocolo del MP también establece un “flujograma para el proceso de investigación” y otro  “flujograma para el proceso del juicio oral”.


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975846
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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